Lo
mínimo que se le pide a una persona que ostenta un cargo directivo es que sepa
distinguir entre “auctoritas” y “potestas”. Y si no sabe qué significan esas
palabras, ni la relación que se da entre ambas, inteligente sería dedicar
tiempo para saberlo.
Ahora bien,
hay que decir que el desconocimiento, a propósito de la correlación entre “auctoritas”
y “potestas”, se da en todo tipo de
jefatura, sea esta militar, civil, ministerial, religiosa, política,
magisterial, etc.
En lo
que respecta el ámbito eclesiástico, la primera vez que el magisterio pontificio
se pronuncia al respecto y de lo cual tenemos dato, es en la pluma del Papa
Gelasio I; en una carta del año 494, dirigida al emperador Anastasio I, el
pontífice le hace ver la distinción de dos poderes: «Son dos, en realidad, o
augusto emperador, [los poderes] por los cuales este mundo está principalmente
dirigido; la autoridad (“auctoritas”) en virtud de la consagración de los
obispos y la potestad (“potestas”) real; de esos dos [poderes] es tanto más
grave el peso de los sacerdotes, en tanto que éstos darán cuenta en el juicio
divino de los mismos reyes de los hombres» (Carta “Famuli vestrae pietatis”, en
DZ, n. 347).
La
teorización que luego hizo el derecho romano de esa distinción es que la “auctoritas”
es un tipo de derecho fundado en la credibilidad moral de quien ostenta un
cargo, cuyo comportamiento es avalado por el consenso de una comunidad o
conglomerado social. En cambio la “potestas” es el ejercicio del derecho
fundado en un mandato legal, vinculado al cargo u oficio que se desempeña. Podemos
decir que una persona puede tener poder (“potestas”), pero no autoridad;
también, una persona puede tener autoridad (“auctoritas”) aunque no tenga poder
(“potestas”). Las disposiciones emanadas de la autoridad se acatan en modo
natural, las que proceden de la potestad se acatan por miedo a la represión y
por temor a su poder coactivo.
En
sentido estricto, el “auctor”, o sea, el que ejerce autoridad no es un creador,
sino alguien que propicia responsablemente el crecimiento, el aumento y la prosperidad
de algo.
Así, el
ministro de obras públicas de un país tiene la potestad que emana del nombramiento
oficial que el presidente del gobierno le otorga, pero esa potestad puede
adquirir la forma de una autoridad sólo en la medida en que técnicamente ejerza
con competencia su cargo y cuyo desempeño sea reconocido por la sociedad civil
a partir de las obras y la honestidad con que realiza las mismas.
Lo
mismo se dice de un artista cuya obra de arte es premiada con el Premio
Nacional de Cultura de su país. En este caso, el premio lo autoriza una
comisión, que a su vez ha sido autorizada por otra instancia. El premio es
expresión del ejercicio de la potestad de una institución, pero el artista
puede considerarse una autoridad en su ramo, solamente si el consenso social
así lo juzga pertinente al evaluar sus obras.
Un obispo
puede, en su diócesis, a partir de la potestad canónica, tomar decisiones
arbitrarias e inconsultas, pero ello no significa que esté autorizado para
hacerlo. Su autorización depende de la tradición religiosa a la que pertenece y
de la valoración que sus fieles hagan de su desempeño. Si no respeta la
tradición de sus obispos antecesores, es muy probable que alguno de sus
sucesores lo desautorice. Traigo a colación el caso del Papa Honorio I, que
ejerció el papado del 27 de octubre del 625 al 12 de octubre del 638; el cual
fue anatemizado por el Papa Agatón por haber favorecido las herejías
anti-cristianas, al cual, junto con los demás herejes se pide que «sus nombres
debían ser borrados de la santa Iglesia» (DZ, n. 551) y de él específicamente
dice el Concilio III de Constantinopla (680-681 d. C.): «Pero con ellos
concordamos en disociar de la santa Iglesia de Dios y a castigar con anatema
también a Honorio, que fue papa de la antigua Roma» (DZ, n. 552).
En sus
formas radicales la “potestas” degenera en despotismo, cuando el potentado se
mira como señor de todas las magistraturas posibles, como Augusto, y cuando
emula el poder militar, que los romanos llamaban “imperium”, para pasar a ser
un “imperator”, un emperador, es decir, el que manda o impera con poderes
absolutos.
Hay una
falsa percepción de la realidad en las jefaturas, cuando llegan a pensar que el
hecho mismo de ostentar un cargo es razón suficiente para ser respetados y
obedecidos.
Es
común que encontremos jefes no competentes en su cargo, que al ser requeridos
para resolver problemas específicos se limiten a decir: “pregúntele a fulano”,
es decir, un trabajador de menor rango pero autorizado por su experiencia, con
lo cual acepta que él tiene la potestad, pero una persona más sencilla tiene la
autoridad para resolverlo.
Cuántas
veces hemos visto en oficinas públicas y privadas, que el jefe llega con una
agenda improvisada treinta minutos antes, que se expresa con un lenguaje
impropio, con explicaciones confusas, pero, eso sí, siendo implacable a la hora
de poner plazos perentorios para la entrega del trabajo.
Me
parece obvia la falta de autoridad que campea en nuestros medios y el exceso de
potestad que le corresponde negativamente. De la falta de autoridad se deduce
falta de credibilidad y el abuso de poder.
Un
líder desautorizado es un niño que da grandes gritos en un campo desolado; es
el habitante neutro “de un planeta extraño”; es el predicador mudo de la
comunidad de los sordos voluntarios; es, en definitiva, el lobo vestido de
oveja (cfr. Mateo 7,15).
Concluyo
con las palabras del Papa Gelasio I, en la carta ya citada: «Las realidades que
han sido constituidas por juicio divino pueden ser agredidas por la humana
temeridad, pero no pueden ser vencidas por nadie» (DZ, n. 347).
7 comentarios:
Excelente, elevado, divino, mejor no pudo ser escrito. Gracias por tomarte el tiempo de Compartirnos un poco de tu conocimiento
Hace un tiempo que andaba en mente escribir una nota en esa línea de análisis. La cosa comenzó cuando leí esa distinción en el texto de Mt 7,28-29. Jesús no tenía la potestad de que gozaban los maestros de la Ley, pero su autoridad se abría paso.
Créeme yo tanto que he hablado de liderazgo pero nunca lo había tenido tan claro como hasta que leí tu articulo, escribiste con autoridad Juan, ojala que tu mensaje llegue a muchos jerarcas del país, de nuevo gracias
Estimado P. Chopin:
Te felicito por la claridad y precisión con que definiste la diferencia entre autoridad y potestad, y por el rigor con que lo fundamentas.
Pero sobre todo, te felicito por la pertinencia del escrito; hace falta escribir así y sobre estas cosas.
Salud.
Es verdad Julio, aunque tenía esa nota por ahí guardada, me pareció que el momento era conveniente para divulgarla. Ya se ve que un texto en su contexto adecuado cobra más fuerza. Saludos.
ME gusta mucho la aclaraciónde los dos vocablos en lapractica cotidiana
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