jueves, 6 de agosto de 2020

EL DIVINO SALVADOR

Homilía de Monseñor Oscar A. Romero en la concelebración pontifical de la Catedral de San Salvador, el 6 de Agosto de 1976.

(Publicado en el Diario de Oriente de San Miguel, en varias entregas, entre el 21 de agosto y el 30 de octubre de 1976).

 Quién es…

Cómo es su Liberación…

Cómo llega hasta nosotros su Obra…

 

Una Canción de Cuna

El Evangelio de la Transfiguración del Señor, que acaba de proclamar, se me ocurre que tiene para nosotros los salvadoreños, la nostálgica dulzura de una canción de cuna. Y a la luz de ese Evangelio, nuestras fiestas agostinas recobran para nosotros la emoción de un retorno al hogar que nos vio nacer.

Sí. Así nacimos, a la civilización cristiana, bajo el signo de la Transfiguración del Señor. Su rostro divino, convertido en sol y el níveo resplandor de sus vestidos, fueron los primeros rayos cristianos, que iluminaron la opulenta geografía de Nuestra Patria, al emerger de su nebulosa prehistoria, cuando el Capitán Don Pedro de Alvarado, en 1528, después de poner sus conquistas bajo la protección de la Santísima Trinidad, fundaba la Capital de nuestra República y la Bautizaba con el incomparable nombre de San Salvador.

El Siervo de Dios, Pío XII, al comentar, en el esplendor de nuestro primer congreso Eucarístico Nacional, este privilegiado origen de nuestra historia cristiana, observaba con perspicacia teológica: «No fue solamente ―queremos pensarlo así― la acendrada piedad de Pedro de Alvarado, la que en los albores de la Conquista, tan altamente os bautizó, sino más que nada la Providencia de Dios».

Un Regalo de Bautismo

Efectivamente, era la Providencia misma de Dios, la que bautizaba e imprimía a esta ignota tierra un carácter inconfundible e indeleble con el esplendor de la más luminosa teofanía del Evangelio.

Era nuestra fiesta y nuestro Evangelio, un verdadero regalo bautismal.

Era un Evangelio que llegaba hasta nosotros, enriquecido con las exquisitas esencias de la teología y de la liturgia oriental y con el eco de las oraciones, las luchas y las victorias de la Iglesia creadora y guardiana de la civilización occidental; porque esta fiesta del 6 de agosto que España nos regaló, comenzó a celebrarse con gran esplendor, el siglo V, como la más destacada fiesta de verano, allá en el Oriente, en honor de Cristo Rey y el Papa Calixto III, la adoptó en 1457, en la liturgia de occidente, como fiesta votiva, por la victoria cristiana de Belgrado, contra las invasiones del Islamismo.

Fue un 7 de octubre del siglo XVI, cuando el rezo del Rosario de toda la cristiandad, alcanzó la victoria de la civilización cristiana, en el mar de Lepanto;; el Papa San Pío V consagró ese día 7 de octubre a la Virgen del Rosario, como un instrumento espiritual de piedad y gratitud; el fervor de otros Pontífices y del pueblo fiel, extendió esta devoción a todo el mes de octubre. Es admirable l inspiración de los Papas, frente al mes del Rosario. Innumerables y bellas encíclicas y documentos pontificios e iniciativas pastorales en honor de la devoción del Rosario, han hecho de octubre un «tiempo fuerte» de oración.

Otro Papa de nuestro siglo, también de nombre Pío, el Papa Pío XI, puso a octubre un fuerte acento misional, cuando en 1926, establecía el «Domingo Mundial de las Misiones», a celebrarse todos los años, el penúltimo domingo de octubre. Desde entonces, hace precisamente 50 años. La conciencia del mundo católico recibe en octubre el poderoso aldabonazo del deber misionero que pesa sobre todo hijo de la Iglesia. Por eso los católicos reconocemos a octubre como «el mes de las misiones».

Recojamos pues, para hacerlos vida de nuestra piedad y de nuestra fe, estos dos grandes mensajes de octubre: el Rosario de la Virgen y las Misiones de la Iglesia.

¿Cuál es pues la liberación que patrocina y protagoniza el Divino Salvador de los hombres?

 Los depositarios autorizados de su pensamiento, el Papa y los Obispos, se reunieron hace dos años, en el Sínodo mundial de 1974, para confrontar ese pensamiento divino con la trágica realidad de nuestro mundo actual… En su acento pastoral ―comenta Pablo VI, en la exhortación sobre la evangelización del mundo actual― vibraban de voces, de millones de hijos de la Iglesia que forman tales pueblos (del tercer mundo). Pueblos empeñados con todas sus energías en el esfuerzo y en la lucha por superar todo aquello que los condena a quedar al margen de la vida: hambres, enfermedades crónicas, analfabetismo, depauperación, injusticia en las relaciones internacionales, situaciones de neocoloniamismo económico y cultural, a veces tan cruel como el político, etc.

Y los Obispos reconocieron el deber de la Iglesia, de anunciar y ayudar a que nazca la liberación total, para estos millones de seres humanos. Pero los mismos obispos, ofrecieron en aquella histórica reunión, «los principios iluminadores, para comprender mejor la importancia y el sentido profundo de la liberación, tal y como lo ha anunciado y realizado Jesús de Nazaret y la prédica la Iglesia» (EN).

La liberación de Cristo y de su Iglesia, no se reduce a la dimensión de un proyecto puramente temporal. No reduce sus objetivos a una perspectiva antropocéntrica: a un bienestar material o a iniciativas de orden político o social o económico o cultural.

Mucho menos puede ser una liberación amparada o que ampara la violencia. Si esto fuera así, la Iglesia perdería su significación más profunda, su mensaje de liberación no tendría ninguna originalidad y se prestaría a ser acaparado o manipulado por los sistemas ideológicos y los partidos políticos… No tendría autoridad para anunciarla de parte de Dios (EN).

Es en cambio la de Cristo y su Iglesia, una liberación que abarca al hombre entero, en todas sus dimensiones, incluida su apertura al absoluto que es Dios. Y al asociarse a los que trabajan por la liberación, la Iglesia no circunscribe su acción al solo terreno religioso, desinteresándose de los problemas temporales del hombre, pero reafirma la primacía de su vocación espiritual…y no substituye la proclamación del Reino de Dios por el anuncio de liberaciones humanas. Su mejor contribución es anunciar la salvación en Jesucristo; una salvación, por tanto, que exige una conversión de corazón. Está de acuerdo la Iglesia en que es necesario cambiar estructuras por otras más humanas y más justas; pero está convencida de que estas nuevas estructuras «se convierten pronto en inhumanas, si las inclinaciones inhumanas del hombre no son saneadas, si no hay una conversión de corazón y de mente, por parte de quienes viven o rigen estas estructuras».

Arbitro de nuestros conflictos

Que bello sería este 6 de agosto, si al salir de este hogar solariego, después de compartir un retorno sincero a nuestros orígenes, llevaremos en nuestras almas el propósito de entendernos mejor desde el puesto donde ha colocado a cada uno la mano de la Providencia; si los hombres de gobierno y los pastores de la Iglesia, si el capital y el trabajo, los hombres de la ciudad y los del campo, las iniciativas del gobierno y las de la empresa privada…todos dejáramos que de verdad el Divino Salvador del Mundo, Patrono de la Nación, fuera el inspirador y el árbitro de todos nuestros conflictos, el artífice de todas nuestras transformaciones nacionales que urgentemente necesitamos, para una liberación integral que solo Él puede construir.

Cómo llega hasta nosotros su obra. Cristo vive en su Iglesia

Porque Cristo vive. Y está realizando aun la gran obra de la liberación del mundo. La Iglesia, por él fundada, prolonga entre los hombres, el misterio de su encarnación y de su salvación. En la Iglesia resplandece la luz de Cristo.

El episodio de la transfiguración nos revela también este misterio de la Iglesia y su misión en nuestra historia nacional. San Pedro, el primer Papa elegido para esta Iglesia que nace, nos describe en el poético símbolo de una lámpara, la misión de la Iglesia, que recoge la luz de los profetas y al ponerla en contacto con el Cristo de la transfiguración, se torna más luminoso porque constata en él, la realización de los profetas, y así lleva luego por los caminos de los hombres hasta que despunte el día y el lucero se levante en vuestros corazones (2ª Lectura).

Esta es su misión «iluminar a los hombres con la luz de Cristo que resplandece sobre su faz» (LG 1). Ella nos trae al Cristo verdadero. No podemos olvidar que, si el 6 de agosto fue posible para nosotros, como un encuentro de nuestra Patria con Dios, fue gracias a la Iglesia. «Al principio de nuestra fe, está el credo de la Iglesia. De la Iglesia pues y no de la crítica filosófica o filológica, hemos recibido la fe en Jesús». Cualquier otro Cristo y cualquiera otra liberación que no sea el Cristo, ni la liberación predicados por la Iglesia, serán siempre Cristo y liberaciones imaginados, por más «históricos» que se les quiera llamar. En nombre de la Iglesia, pudo decir S. Pablo a los Gálatas: «si alguien os predica un Evangelio distinto del que habéis recibido, sea anatema» (Gál 1,6).

Signo visible de nuestro encuentro con El

Y, al mismo tiempo que la Iglesia es portadora de la verdadera luz de Cristo, es también meta de la Evangelización de los pueblos. Porque la Evangelización, predica «la búsqueda de Dios, a través de la oración y también a través de la comunión, con ese signo visible del encuentro con Dios, que es la Iglesia de Jesucristo; comunión que a su vez se expresa mediante la participación en esos otros signos de Cristo viviente y operante en la Iglesia, que son los Sacramentos». Así destruye pablo VI, en su magistral exhortación «Evangelizando», esa dicotomía de inspiración protestante que quisieron erigir ciertas pastorales, al oponer «evangelización» y «sacramentalización».

Nuestro retorno a las fuentes nos ha llevado también a este feliz encuentro con nuestra Iglesia. La que nos trajo, como regalo de la Providencia, esta teofanía tan cargada de mensaje, la que nos ofrece un lugar seguro, de nuestro encuentro con Cristo vivo y salvador. Esto es un reclamo a los que somos representantes de esa Iglesia, Obispos, sacerdotes y religiosas, a hacernos cada día más aptos para una vocación que tiene la trascendental misión de hacer brillar el rostro de la Iglesia, sobre nuestra patria; y la mayor desgracia sería ocultar ese resplandor, camuflando o presentando víctimas de una crisis, nuestra gloriosa identidad sacerdotal y religiosa. También inspira este momento de franqueza, la confianza de acercarnos al Gobierno y al pueblo, para repetir un reclamo de la Iglesia, formulado así, por el Concilio Vaticano II: «La Iglesia no os pide más que la libertad; la libertad de creer y predicar su fe; la libertad de amar a su Dios y servirle; la libertad de vivir y de llevar a los hombres su mensaje de vida. No la temáis, es la imagen de su Maestro, cuya acción misteriosa no usurpa vuestras prerrogativas, sino que salva todo lo humano de su fatal caducidad, lo transfigura, lo llena de esperanza, de verdad, de belleza» (Mensaje a los gobernantes).

Como un solo corazón

En verdad, más que la piedad de Pedro de Alvarado fue la Providencia de Dios, la que tan altamente nos bautizó con el nombre de El Salvador. Y más que un nombre, nos entregó un mensaje, que es el resumen de su divino proyecto de salvar al mundo, en su hijo amado. Por eso, hoy que las fiestas agostinas nos aparecen un plácido retorno a la casa solariega, como quien se inclina, para estampar un beso de fe, de gratitud y de compromiso, sobre la cuna de su infancia y sobre la pila de su bautismo… los pastores de la Iglesia, las Supremas Autoridades del Estado, que mucho se enaltecen, presidiendo a su pueblo en este homenaje, al Celestial Patrono y el Pueblo entero en El Salvador, como formando un solo corazón y una sola voz que ora y adora, es decir el corazón de la Patria, cae de rodillas ante el altar de esta eucaristía nacional, preparado ya para que ofrezca un nuevo sacrificio por su pueblo y ratifique su misericordiosa alianza con nosotros EL DIVINO SALVADOR DEL MUNDO.

lunes, 25 de mayo de 2020

El Salvador, ¿Estado laico? La jurisprudencia actual acerca del tema



Por: Juan Vicente Chopin


El texto de la Constitución Política de la República de El Salvador no afirma explícitamente que el Estado salvadoreño sea un estado laico.

La falta de esa expresión explícita ha generado injerencias ya sea de la instancia secular en el ámbito religioso, como de éste último en el ámbito secular. La tendencia a apoyarse uno en el otro con fines particulares es constante.

El marco legal para comprender la relación o distinción entre lo secular y lo religioso lo da el texto mismo de la Constitución, además dos sentencias de la Sala de lo Constitución, la 3-2008 y la 117-2018.

Veamos, entonces cómo es tratado el tema.


1.      El concepto «Dios» en la Constitución

La palabra «Dios» no aparece en el articulado de la Constitución. La única referencia que encontramos está en la introducción, cuando se cita el Decreto n. 38 que da paso a la Asamblea Constituyente y cuyo resultado es la Constitución de 1983. El Decreto 38 dice: «Nosotros, representantes del pueblo salvadoreño reunidos en Asamblea Constituyente, puesta nuestra confianza en Dios, nuestra voluntad en los altos destinos de la patria…», etc.



2.      ¿Qué dice la Constitución de conceptos como «Religión» o «Religiones»?

El concepto «Religión», en singular aparece una sola vez, en el Art. 3, cuando trata de los derechos individuales, es decir: «Todas las personas son iguales ante la ley. Para el goce de los derechos civiles no podrán establecerse restricciones que se basen en diferencias de nacionalidad, raza, sexo o religión».

En cambio la palabra «religiones», en plural, aparece también una sola vez, siempre en la materia que trata de los derechos individuales. El Art. 25 dice: «Se garantiza el libre ejercicio de todas las religiones, sin más límite que el trazado por la moral y el orden público. Ningún acto religioso servirá para establecer el estado civil de las personas».

3.      ¿Qué dice la Constitución de conceptos como «Iglesia» o «Iglesias»

Manteniéndose en el apartado que trata de los derechos individuales, el Art. 26, hace una indicación en singular a la palabra «Iglesia» y es para referirse a la Iglesia Católica, mientras utiliza la palabra en plural, para referirse a las «otras Iglesias». Esto es: «Se reconoce la personalidad jurídica de la Iglesia Católica. Las demás iglesias podrán obtener, conforme a la ley, el reconocimiento de su personalidad.

Así, la Constitución distingue entre Iglesia y Religión, puesto que no son lo mismo. Las Iglesias normalmente están adscritas a un universo religioso más amplio. En el caso salvadoreño, todas las Iglesias cristianas (católicas o de matriz protestante) forman parte del Cristianismo o de la religión cristiana[1].

4.      ¿Qué dice la Constitución de los ministros del culto?

De ellos hace una alusión en el Art. 82, cuando trata de materia electoral: «Los ministros de cualquier culto religioso, los miembros en servicio activo de la Fuerza Armada y los miembros de la Policía Nacional Civil no podrán pertenecer a partidos políticos ni optar a cargos de elección popular. Tampoco podrán realizar propaganda política en ninguna forma»[2].

Así, por contraposición al estado eclesiástico o religioso, el candidato a la presidencia, dice explícitamente el Art. 151, debe ser «del estado seglar».


5.      Laicidad o Estado laico. Pronunciamientos de la Sala de lo Constitucional

Además de lo que explícitamente dice el texto de la Constitución, la Sala de lo Constitucional ha tenido dos intervenciones para explicar el tipo de relación que se establece entre el Estado y la religión.

Las dos intervenciones de la Sala son los procesos de inconstitucionalidad 3-2008 y 117-2018.


5.1. Proceso de inconstitucionalidad 3-2008

Esta sentencia de la Sala es la que más ampliamente describe el tema que nos ocupa. Procedemos a presentar el motivo que dio origen a la sentencia y la resolución de la Sala, sin explicar el procedimiento completo, ya que solamente necesitamos saber cómo interpreta la laicidad el legislador.


a)      Razón que motivó la sentencia

Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, San Salvador, a las ocho horas y cuarenta minutos del veintidós de mayo de dos mil trece.

El presente proceso constitucional ha sido promovido por el ciudadano José Roberto Campos Morales, a fin de que esta Sala declare la inconstitucionalidad del art. 296 del Código Penal (C.Pn.), emitido mediante el D.L. n° 1030 de 26-IV-1997, publicado en el D.O. n° 105, tomo 335, del 10-VI-1997, y reformado por medio del D.L. n° 296 de 26-IV-07, publicado en el D.O. n° 91, tomo 375, del 22-IV-2004; por la supuesta vulneración a los arts. 6, 22 y 25 de la Constitución (Cn.).

La disposición impugnada prescribe:

“Art. 296.- El que de cualquier manera […] ofendiere públicamente los sentimientos o creencias de la misma, escarneciendo de hecho alguno de los dogmas de cualquier religión que tenga prosélitos en la República, haciendo apología contraria a las tradiciones y costumbres religiosas, o que destruyere o causare daño en objetos destinados a un culto, será sancionado con prisión de seis meses a dos años.
Si lo anterior fuere realizado con publicidad, será sancionado con prisión de uno a tres años.

La reiteración de la conducta, será sancionada con prisión de tres a cinco años.

La conducta realizada en forma reiterada y con publicidad, será sancionada con prisión de cuatro a ocho años.”


b)      Descripción de la laicidad del Estado

«La forma en que los Estados resuelven su relación con los diferentes credos religiosos responde a una categorización, que oscila entre la asunción de uno como propio de la Nación, hasta el carácter laico y secular de la organización política estatal.

Así, es posible distinguir dos tipos de sociedades democráticas: (i) las sociedades religiosas tolerantes, las cuales consideran que la práctica religiosa, en sí misma considerada, debe ser objeto de reconocimiento y protección estatal, pero que admiten que la misma se exprese a través de diversos credos o, inclusive, que tolera que los ciudadanos no profesen ninguno; y (ii) las sociedades seculares, que aceptan la práctica religiosa de los ciudadanos, o la negativa a ella, pero no por el hecho que consideren que las religiones son un ámbito constitucionalmente protegido por sí mismo, sino en tanto tales prácticas hacen parte de la autonomía del individuo, quien puede optar por cualquier tipo de parámetro ético o moral para guiar su conducta, incluso uno de carácter transcendente o religioso.


En la evolución histórica de la sociedad salvadoreña, contenida en sus diversas Constituciones, se manifiesta la voluntad clara y constante de afirmar, sobre el plano ideal y formal, la separación progresiva de las esferas estatal y eclesiástica.

En ese sentido, El Salvador ha transitado de una sociedad religiosa, tanto intolerante (Constitución de 1824, en la que se excluyó el ejercicio público de cualquiera otra religión distinta a la católica) como tolerante (Constituciones de 1841, 1864, 1871, 1872 y 1880, en las que se consideró que la religión católica debía ser objeto de protección estatal, pero también se admitió la práctica de diversos credos o religiones), pasando a una sociedad secular (Constituciones de 1883, 1886, 1939, 1945, 1950, 1962 y 1983), en la cual se aceptó la práctica religiosa de los ciudadanos, en la medida en que la creencia hace parte del ámbito de libertad individual.

En suma, según la Constitución de 1983 –actualmente vigente–, en el Estado salvadoreño se garantiza el derecho de toda persona a profesar libremente su religión o sus creencias, ya sea en forma individual o colectiva, y se reconoce la pluralidad o diversidad de las confesiones o cultos religiosos y de las iglesias. Asimismo, se garantiza que la educación será democrática y se exige que importantes funcionarios públicos sean del estado seglar.

Tales regulaciones constitucionales impiden la imposición de un credo particular o el reconocimiento de una religión estatal, pues mediante una interpretación sistemática con el art. 85 Cn. que establece que el Estado es republicano, democrático y representativo, se advierte la obligación constitucional de asumir y promover que en la sociedad concurran diversos modos de comprender y practicar la religión, la ética, la moral y, en general, los distintos valores culturales sin más límite que la vigencia y respeto de los derechos fundamentales.


Ahora bien, a pesar de la evolución histórica constante en nuestras Constituciones respecto a la separación estatal y religiosa, se advierte que en ninguna parte de la vigente Constitución de 1983 se prescribe expresamente que el Estado salvadoreño es laico, es decir, ninguna disposición prescribe, v. gr., “queda separada la Iglesia del Estado” o “el Estado salvadoreño no tiene religión oficial”.

Y es que el laicismo es un concepto político o doctrinal, no estrictamente normativo, con el que pretende calificarse una cierta actitud de los poderes públicos ante el fenómeno religioso.


Ante la ausencia de una disposición que determine expresamente que El Salvador protege a una determinada religión como estatal –que lo caracterizaría como un Estado confesional–, es viable concluir que el Constituyente dispuso en la ley suprema una especie de “laicidad por silencio”.

Sin embargo, con fundamento en el principio de unidad de la Constitución y, en consecuencia, mediante una interpretación sistemática del contenido constitucional, a pesar de la falta de una disposición constitucional que prescriba expresamente que el Estado no tiene religión oficial –no es confesional–, se advierte la consagración del principio de laicismo o laicidad, entendido como principio de no confesionalidad del Estado o de neutralidad religiosa.

Ello debido a que, según la Constitución: i) la organización estatal se encuentra separada de cualquier estructura institucional religiosa; ii) la comunidad política no hace suyos los valores o finalidades de ninguna religión, ideología o cosmovisión, de manera que la validez de las normas o decisiones no depende de su adecuación a los mismos; iii) se reconoce la libertad religiosa, sin más límite que el trazado por la moral y el orden público; iv) se garantiza la igualdad de todos los ciudadanos o grupos, con independencia de cuales sean sus creencias, religiosas o no, lo que a su vez implica que no caben privilegios o discriminaciones fundadas en dichas creencias; y v) como consecuencia de lo anterior, el Estado se muestra neutral ante las diferentes concepciones religiosas o éticas.

Por tanto, el deber de neutralidad conlleva la prohibición estatal de alentar u otorgar un trato más beneficioso o desfavorable a un credo en específico, fundado en esa misma condición. Este deber no es incompatible con el reconocimiento jurídico y la garantía de la práctica religiosa, en tanto expresión de la libertad individual, sino que solo exige que la pertenencia de una persona o situación a un credo particular no sirva de fundamento para conferir un tratamiento más favorable –o perjudicial– que el que resultaría aplicable en caso que no concurriera la práctica de ese culto religioso específico. Del mismo modo, es contrario al deber de neutralidad que una actividad estatal se explique o fundamente en razón exclusiva de un credo particular o, en general, en la promoción de la práctica religiosa.

Sin embargo, debe aclararse que la neutralidad no significa que la acción de las instituciones públicas o gubernamentales sea, deba ser, o siquiera pueda ser ética o políticamente neutral, esto es, que no exprese, o no deba o no pueda expresar, en lo que se refiere a los resultados alcanzados o a las razones que inspiran, determinadas opciones o concepciones ético-políticas de interés público. Neutralidad significa tan solo que en el espacio público todas las cosmovisiones tienen cabida y que su carácter religioso o secular no opera como factor de privilegio o de discriminación.

Desde esta perspectiva la laicidad supone que las instituciones públicas no hacen suya ninguna concreta opción de las muchas que concurren al debate en una sociedad pluralista y, sobre todo, supone también que el Derecho y el Estado, irremediablemente coactivos, no son generadores de ninguna ética particular.

En ese sentido, el Estado tiene prohibido, por mandato de la Constitución, (i) establecer una religión o iglesia oficial, (ii) identificarse formal y explícitamente con una iglesia o religión o (iii) realizar actos oficiales de adhesión, así sean simbólicos, a una creencia, religión o iglesia; ya que estas acciones del Estado violarían el principio de separación entre las iglesias y el Estado, desconocerían el principio de igualdad en materia religiosa y vulnerarían el pluralismo religioso dentro de un Estado no confesional; asimismo, el Estado tampoco puede (iv) tomar decisiones o medidas que tengan una finalidad religiosa, mucho menos si ella constituye la expresión de una preferencia por alguna iglesia o confesión; ni (v) adoptar políticas o desarrollar acciones cuyo impacto primordial real sea promover, beneficiar o perjudicar a una religión o iglesia en particular frente a otras igualmente libres ante la ley. Esto desconocería el principio de neutralidad que ha de orientar al Estado, a sus órganos y a sus autoridades en materias religiosas.

Además, en una sociedad cultural, religiosa y moralmente plural, la laicidad del Estado y del Derecho constituye la garantía de respeto de las diferencias, un respeto que comprende la libertad práctica de comportarse de acuerdo con las prescripciones de la propia conciencia, como la exigencia de igualdad o no discriminación entre los individuos en función de los cuales sean sus ideas morales o religiosas.

La Constitución salvadoreña establece en su art. 25 parte primera que: “[s]e garantiza el libre ejercicio de todas las religiones, sin más límite que el trazado por la moral y el orden público”. Esta disposición constitucional prescribe expresamente el derecho fundamental a la libertad religiosa o de creencias.

Así, la libertad religiosa o de creencias garantiza la libre autodeterminación del individuo en la elección y ejercicio de su propia cosmovisión personal o concepto de la vida, con independencia del origen o fuente de creación o adhesión de tal concepto.

En ese sentido, la libertad religiosa o de creencias se concreta precisamente en el reconocimiento de un ámbito de libertad a favor del individuo, el cual presenta una doble vertiente: una interna, que designa la facultad de elegir libremente cualquier idea, concepción o creencia sobre el fenómeno religioso, así como de mantenerlas, cambiarlas o abandonarlas en el momento en que lo considere conveniente, es decir, garantiza la existencia de un espacio de autodeterminación intelectual ante el fenómeno religioso, vinculado a la propia personalidad y dignidad individual; y otra externa, que faculta a las personas para actuar con arreglo a sus propias convicciones y mantenerlas frente a terceros, es decir, le posibilita manifestar esa decisión de manera individual y en privado o de manera colectiva, en público, mediante la celebración de ritos, la enseñanza y su difusión a otras personas.

Asimismo, la libertad religiosa o de creencias es un derecho ejercido por quienes han asumido una actitud positiva frente el fenómeno religioso, es decir, aquellos que han optado por profesar una religión en particular; y, además, por quienes han decidido no ejercer ninguna religión, es decir, aquellos que asumen una actitud negativa respecto a la religión y las creencias. Así, no es posible entender que el derecho a la libertad religiosa o de creencias solo comprende aquellas manifestaciones realizadas en el marco de una religión y no a aquellas que no comparten dicha posición, pues ello implicaría una interpretación restrictiva que vulneraría el contenido de este derecho.

Teniendo en cuenta todo lo anterior, diversos instrumentos internacionales –a los cuales El Salvador se encuentra vinculado jurídicamente– reconocen y protegen el derecho a la libertad religiosa o de creencias, tanto la vertiente interna y externa como la actitud positiva o negativa de las personas frente al fenómeno religioso.

Por otra parte, la plena efectividad del derecho fundamental a la libertad religiosa o de creencias exige reconocer que su titularidad no corresponde solo a los individuos aisladamente considerados, sino también a aquellos grupos y organizaciones en los cuales se encuentran insertos, cuya finalidad sea específicamente la de defender determinados ámbitos de libertad o realizar los intereses y los valores que forman el sustrato último del derecho fundamental.

De lo anterior se deduce que los individuos, como las agrupaciones organizadas jurídicamente o no, son titulares –sujetos activos– del derecho a la libertad religiosa o de creencias, tanto en su vertiente interna como externa.

Ahora bien, el derecho fundamental a la libertad religiosa o de creencias supone, en general, una actitud pasiva o negativa tanto del Estado como de los particulares –sujetos pasivos–, dirigida a respetar, a no impedir y a garantizar su goce de manera libre y no discriminada.

Por tanto, dado que este derecho fundamental protege la libertad de las personas para adoptar, conservar y/o cambiar la religión o las creencias de su elección y, además, la libertad de manifestar su religión o sus creencias, tanto en público como en privado, ya sea de manera individual o colectiva, el Estado y/o los particulares tienen la obligación de: i) garantizar el derecho a profesar las creencias religiosas que cada persona elija libremente, a no profesar ninguna y, además, la posibilidad de cambiar de religión o creencia; ii) no establecer lo que debe creer una persona, no adoptar medidas coercitivas para que manifieste sus creencias ni obligarle a actuar de modo que se entienda que profesa determinadas creencias; iii) no forzar el cambio de religión o de creencias; iv) no juzgar sobre la legitimidad de las creencias de los particulares; v) no investigar sobre las creencias de los particulares, ni adoctrinar a la persona sobre una determinada confesión; vi) no tomar en consideración la religión o creencias de las personas en el momento de individualizar a una persona en sus relaciones con el Estado; vii) no impedir la realización de actos de culto, así como la recepción de asistencia religiosa de su propia confesión, la conmemoración de sus festividades, la celebración de sus ritos matrimoniales, lo que implica no ser obligado a practicar actos contrarios a sus convicciones personales; viii) garantizar el derecho a recibir e impartir enseñanza e información religiosa de toda índole; y ix) no obstaculizar el derecho de las personas de reunirse o manifestarse públicamente con fines religiosos, así como de asociarse para desarrollar comunitariamente sus actividades religiosas.

Asimismo, el derecho a la libertad religiosa o de creencias también constituye un derecho a acciones positivas del Estado, en la medida en que, por ejemplo, el Estado debe expedir leyes para su mayor eficacia o protección (tales como las leyes relativas a la libertad religiosa, a las asociaciones religiosas, etc.) y llevar adelante una verdadera política de apertura al pluralismo de las diversas religiones o creencias.

Sin embargo, cabe mencionar que el goce y ejercicio de este derecho no es absoluto, de modo que puede ser objeto de distintas limitaciones legales por razones de orden público, moral o derechos de terceros.»


5.2.Proceso de inconstitucionalidad 117-2018

Esta resolución de la Sala recoge la mayor parte de la descripción hecha por la sentencia 3-2008 respecto al tema de la relación entre la instancia laica o secular y las instancias religiosas en el Estado salvadoreño.

Procedemos del mismo modo. Primero se presenta el hecho que motivo la sentencia y luego la descripción del tema que nos ocupa.

a)      Razón que motivó la sentencia

Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia: San Salvador, a las doce horas del diez de abril de dos mil diecinueve.

Agrégase al presente expediente el informe remitido por el Tribunal Supremo Electoral
(TSE), mediante el cual pretende justificar la constitucionalidad de la resolución objetada, por la cual se inscribió la candidatura presidencial del señor Josué Alvarado Flores por el partido político VAMOS, para las elecciones presidenciales que se realizaron el 3 de febrero de 2019; por la supuesta violación a los arts. 72 ord. 3° y 82 inc. 1° Cn. Asimismo, agrégase el escrito de opinión del Fiscal General de la República, mediante el cual sostiene que no existe la inconstitucionalidad alegada y que el acto impugnado ha dejado de surtir efectos jurídicos, por haber concluido el proceso electoral.


b)      Descripción de la laicidad del Estado

La forma en que los Estados resuelven su relación con los diferentes credos religiosos responde a una categorización que oscila entre la asunción de uno como propio de la Nación, hasta el carácter laico y secular de la organización política estatal. Así, es posible distinguir actualmente dos tipos de sociedades democráticas: (i) las sociedades religiosas tolerantes, las cuales consideran que la práctica religiosa, en sí misma considerada, debe ser objeto de reconocimiento y protección estatal, pero que admiten que la misma se exprese mediante diversos credos o, inclusive, que tolera que los ciudadanos no profesen ninguno; y (ii) las sociedades seculares, que aceptan la práctica religiosa de los ciudadanos, o la negativa a ella, pero no por el hecho que consideren que las religiones son un ámbito constitucionalmente protegido por sí mismo, sino en tanto tales prácticas son parte de la autonomía del individuo, quien puede optar por cualquier tipo de parámetro ético o moral para guiar su conducta, incluso uno de carácter transcendente o religioso (sentencia de 22 de mayo de 2013, inconstitucionalidad 3-2008).

No debe obviarse que la religión es uno de los tantos ámbitos de la vida humana que han de ser tomados en cuenta en la configuración de la convivencia estatal. En El Salvador, la decisión constituyente ha proclamado, por un lado, la libertad de los individuos de profesar cualquier religión de su preferencia, sin más límites que los trazados por la moral y el orden público (art. 25 Cn.) y, por otro, la laicidad estatal por silencio, entendida como principio de no confesionalidad del Estado o de neutralidad religiosa, de manera que en el país ninguna religión es protegida como la religión estatal (inconstitucionalidad 3-2008, ya citada). Esto implica una laicidad positiva que parte de una clara distinción entre la esfera político-estatal, de la religiosa, en el sentido que se protege el fenómeno religioso a título individual, pero a la vez se reconoce que las instituciones públicas no hacen suya ninguna concreta opción de las muchas que se manifiestan en el seno de una sociedad pluralista.

En ese sentido, en El Salvador el Estado tiene prohibido, por mandato de la Constitución: (i) establecer una religión o iglesia oficial, (ii) identificarse formal y explícitamente con una iglesia o religión; (iii) realizar actos oficiales de adhesión, así sean simbólicos, a una creencia, religión o iglesia, ya que estas acciones del Estado violarían el principio de separación entre las iglesias y el Estado, desconocerían el principio de igualdad en materia religiosa y vulnerarían el pluralismo religioso dentro de un Estado no confesional; (iv) tomar decisiones o medidas que tengan una finalidad estrictamente religiosa, mucho menos si ella constituye la expresión de una preferencia por alguna iglesia o confesión; (v) adoptar políticas o desarrollar acciones cuyo impacto primordial real sea promover, beneficiar o perjudicar a una religión o iglesia en particular frente a otras igualmente libres ante la ley. Esto desconocería el principio de neutralidad que ha de orientar al Estado, a sus órganos y a sus autoridades en materias religiosas (inconstitucionalidad 3-2008, ya citada).

Una lectura íntegra de la Constitución permite afirmar que el ámbito de lo religioso se regula constitucionalmente sobre la base de ciertas libertades y principios:

a. La libertad religiosa, que designa la facultad de elegir libremente cualquier idea, concepción o creencia sobre la relación entre la divinidad y el ser humano o la adopción de cualquier postura negativa con respecto a la misma, así como de mantenerlas, cambiarlas o abandonarlas en el momento en que el individuo lo considere conveniente; es decir, dicha libertad garantiza la existencia de un espacio de autodeterminación ante el fenómeno religioso, vinculado a la propia personalidad y dignidad individual. Amparado en ella, se faculta a las personas para actuar con arreglo a sus propias convicciones y mantenerlas frente a terceros, posibilitándole manifestar esa decisión de manera individual y en privado o de manera colectiva, en público, mediante la celebración de ritos, la enseñanza y su difusión a otras personas (inconstitucionalidad 3-2008, ya citada). De igual forma, al ser una manifestación de conciencia que a veces se traduce en la creación de asociaciones religiosas (art. 7 inc. 1° y 26 Cn.), también tiene una dimensión negativa que implica que nadie puede ser obligado a pertenecer a una asociación de tal naturaleza.

b. La igualdad religiosa (art. 3, 25 y 26 Cn.), que supone que ninguna religión está por debajo o encima del resto. Según el Informe Único de la Comisión de Estudio del Proyecto de Constitución, "[1]a Comisión tomó en cuenta y estuvo perfectamente [consciente] de que la religión a la que pertenecen la mayoría de los salvadoreños es la religión católica [...]. Se tuvo también en [consideración] que existen en El Salvador religiones minoritarias, cuyos miembros se han acrecentado en los últimos años y que son ciudadanos salvadoreños que merecen todo respeto y cuyos derechos se verían atropellados de imponerle a sus hijos la enseñanza de una religión que no es la de ellos". Esto significa que, aun cuando se reconoce por disposición constitucional la personalidad jurídica de la Iglesia Católica, ello no supone el desmedro del resto de religiones, pues todas pueden llegar a obtenerla también, siempre y cuando cumplan con la ley. Así, el art. 26 Cn. es una derivación del derecho de asociación (art. 7 Cn.), con relación a quienes, por compartir sus mismas creencias religiosas (libertad de religión, art. 25 Cn.), deciden organizarse, establecer sus derechos y deberes, así como los fines y directrices del grupo o asociación que comparte tales creencia (resolución de admisión de 1 de noviembre de 2013, amparo 828-2013).

c. La laicidad y neutralidad estatal. La figura de laicidad se expresa en la ausencia de una religión oficial, pero también en el mismo principio de libertad religiosa (art. 25 Cn.) y en la exigencia constitucional reiterada del "estado seglar" de los candidatos a los principales cargos públicos (arts. 82, 151, 160, 176, 177, 179, 180 y 201 Cn.). Se trata de una manifestación de la libertad intrínseca o autonomía moral de las personas, porque si estas deben poder elegir por sí mismas las acciones adecuadas para su propia realización, el Estado —y el Derecho como su instrumento de coordinación social— no debe imponer ninguna visión particular de la espiritualidad o de la moral religiosa, cuya influencia depende solo de la persuasión y de la trascendencia individual (sentencia de 15 de febrero de 2017, inconstitucionalidad 22-2011).

d. La cooperación del Estado con las confesiones religiosas. Esto supone un límite a la laicidad del Estado, en tanto que dicha cooperación resulta necesaria para promover el efectivo ejercicio de la libertad religiosa de los individuos. Dicho principio impide que la neutralidad pueda ser entendida en clave separatista, esto es, que aun cuando el Estado es laico, no debe impedir las relaciones entre el individuo y la religión, espiritualidad o la decisión de no adoptar una u otra. Así, puede interpretarse de una forma amplia, que el factor religioso se considera como un bien social jurídicamente protegible por parte de los poderes públicos. Se puede decir que este principio responde a la inspiración democrática de que los grupos sociales interesados participen de forma habitual en la gestión del bien común. Así, por ejemplo, el art. 26 Cn. permite que cualquier iglesia pueda obtener el reconocimiento de la personalidad jurídica, pero esto, a su vez, significa que el Estado debe otorgar dicho reconocimiento, siempre y cuando se cumplan las condiciones legalmente previstas para tal efecto.

En la base de la laicidad está a su vez el principio de tolerancia. Si nadie puede pretender poseer la verdad en grado mayor que cualquier otro –más allá de la propia conciencia– el derrumbamiento de las certezas indiscutibles, absolutas o definitivas –con carácter trascendente de la propia idea personal– da paso a la libertad de crítica y a la revisión permanente de las verdades aceptadas desde la razón, el diálogo, la libre discusión y el consenso entre iguales, pero ello habrá de ser diferenciado de la verdad en sentido estrictamente personal.

De ahí que la diversidad de opiniones, la pluralidad de valores, la criticidad del pensamiento y la competencia permanente de visiones alternativas, dejan de ser males o peligros para el desarrollo social y, por el contrario, se reconocen como bienes o valores positivos e indispensables para el progreso de la civilización humana, entendido respecto de la separación entre laicidad y religiosidad.

Desde el Estado, sólo la intolerancia no debe ser tolerada, de modo que una visión cerrada, intransigente o fundamentalista de la realidad no puede servir de base para decisiones públicas o institucionales. Por eso, la Constitución aspira a que mediante la educación se logre "combatir todo espíritu de intolerancia" (art. 55 inc. 1° Cn.), pues así, dentro del marco institucional democrático y los límites de los derechos de los demás, la libre confrontación de ideas y el disentimiento razonado previenen el paternalismo estatal, la manipulación de la conciencia o la anulación de las individualidades (sentencia de inconstitucionalidad 22-2011, ya citada).

En resumen, laicidad tampoco debe ser entendida -desde la Constitución como un antagonismo al fenómeno religioso del ser humano —cualquiera que este sea—, el cual está amparado por la libertad religiosa, y para hacer patente ello, basta citar el preámbulo de la Carta Magna que dice: "Nosotros representantes del pueblo salvadoreño reunidos en Asamblea Constituyente puesta nuestra confianza en Dios [sic]". La idea del ser humano en un ser superior, no es contraria en la Constitución a la exigencia de un Estado asentado sobre la laicidad de sus autoridades.

Aquí es oportuno señalar —para comprender bien la cuestión— que la figuración del estado seglar —exigido en la Constitución según se indicó— tiene una íntima relación con el concepto de laicidad, y la separación del estatus de clase religiosa, por ello, es que desde muy antiguo se había diferenciado entre un orden divino "ordo o clerus" y el laicado por otra; se trata de una distinción, para evidenciar que quien pertenece al pueblo "laos-laico", no pertenece al clero, erigiéndose dos estatus diferentes.

El pensamiento ilustrado —Spinoza, Hume, Locke, Voltaire etc.— asentó el poder del
Estado, ya no en el orden clerical, propio de una "societas inaequalis" de "orden divino", si no en la soberanía popular; clara expresión de ello fue, por ejemplo, la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano; de ahí la separación que fue reconociéndose de que la autoridad en la República se ejercía por funcionarios del estado seglar y no de condición clerical. Visto así, la limitación estaría vinculada a pertenecer a un estado de la jerarquía de orden religioso, pero no a profesar una religión, credo o creencia.


En concordancia con lo anterior, la Constitución prevé como requisito para optar a ciertos cargos públicos el ser del estado seglar (arts. 82, 151, 160, 176, 177, 179, 180 y 201 Cn.).
Sin embargo, no define en qué consiste dicho estado. Según la Real Academia de la Lengua
Española, seglar significa que no tiene órdenes clericales, es decir, en su visión más antigua y primigenia —según se explicó— que no pertenece a la clase sacerdotal en la Iglesia Católica. Esta definición ha sido retomada, por ejemplo, por la Sala Constitucional de Costa Rica (sentencia de 12 de septiembre de 2014, expediente 14-00937-9-00-07). Pero esta es una definición restringida que no se puede sostener, ya que, de hacerlo, se colocaría en situación de desventaja injustificada a la clase sacerdotal de dicha Iglesia en relación con los ministros de cualquier otro culto religioso, lo cual es contrario a la igualdad religiosa (art. 3 y 25 Cn.).

Y es que no debe olvidarse que uno de los mandatos que derivan de la igualdad es el de tratar de manera igual aquellas situaciones jurídicas en las cuales las similitudes son más relevantes que las diferencias (sentencia de 9 de octubre de 2017, inconstitucionalidad 44-2015).

En consecuencia, y dado que el término "estado" equivale a "estatus", por estado seglar debe entenderse la condición de no pertenencia a la clase sacerdotal de la Iglesia Católica o a la jerarquía estamental de cualquier otra iglesia o religión, o inclusive para las religiones o
"iglesias" que no reflejan formalmente una clase jerárquica bien delimitada, dicha exigencia del estado seglar se vincularía a sus dirigentes o autoridades, de tal manera que quien ejerciera ámbitos de esta naturaleza quedaría excluido del requisito de ser del estado seglar, y por ende, no podría ejercer un cargo público.

Ahora bien, como ya se dijo, la exigencia constitucional reiterada del "estado seglar" de los candidatos a los principales cargos públicos es una manifestación del principio de laicidad.
Esto significa que en ella no se agota todo el contenido del referido principio ni satura todas las manifestaciones que deriven de él. Esto significa que aun cuando una persona no encaje en la definición etimológica, declarativa o de cualquier otra clase sobre lo que debe entender por "estado seglar", siempre se incumplirá con la regla que exige este estatus si el principio que subyace a tal exigencia —el de laicidad— es violado. Esto es aun más claro en el caso de los candidatos a cargos de elección popular, pues ellos, además de cumplir con el requisito de ser del estado seglar, también poseen una exigencia adicional: no ser ministros de cualquier culto religioso (art. 82 inc. 1° Cn.); con lo cual, ambos aspectos resultan ser complementarios.

Lo antedicho indica que la Constitución garantiza el principio de laicidad —entre otras formas— mediante el requisito de pertenecer al estado seglar. Esto implica que una de las prohibiciones es que la persona que opte a un cargo de elección popular o algún otro cargo público de los que requieren ser del estado seglar ostente un cargo de jerarquía, de estamento, o dirección, de una religión, iglesia o secta. Así, por ejemplo, la posición dominante de la persona —de ejercicio de autoridad— en la institución religiosa es la condición que niega el estado seglar, no así el que la persona sea prosélito o feligrés, puesto que tal decisión personal está amparada por la libertad religiosa, y por ello, no puede impedir el ejercicio de un cargo público.



[1] La Constitución hace una alusión a instituciones eclesiásticas también en el Art. 108, que regula la materia económica: «Ninguna corporación o fundación civil o eclesiástica, cualquiera que sea su denominación u objeto, tendrá capacidad legal para conservar en propiedad o administrar bienes raíces, con excepción de los destinados inmediata y directamente al servicio u objeto de la institución».
[2] Véase: D.L. Nº 64, del 31 de octubre de 1991, publicado en el D.O. Nº 217, Tomo Nº 313, del 20 de noviembre de 1991.

martes, 28 de abril de 2020

PRUDENCIA AYALA, UNA MUJER DISRUPTIVA Y TRANSGRESORA



Dr. Otto Mejía Burgos
Universidad Don Bosco

NOTA AL LECTOR: ES ARTÍCULO FUE PUBLICADO ORINALMENTE EN LA REVISTA IDENTIDADES NÚMERO 14 (AÑO 9, ENERO/JUNIO 2019), REVISTA DEDICADA A ESTUDIOS SOCIALES Y HUMANIDADES DEL MINISTERIO DE CULTURA DE EL SALVADOR A TRAVÉS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIONES, ACERVOS DOCUMENTALES Y EDICIONES RELATIVO A ESTUDIOS DE GÉNERO Y FEMINISMO EN CENTROAMÉRICA. (pp. 9-41) ISSN 2224-4727.

Resumen: La figura de Prudencia Ayala se toma en la actualidad como sinónimo de las primeras luchas por la defensa de los derechos de la mujer durante las primeras décadas del siglo XX. En ese sentido, el presente artículo hace un breve recorrido biográfico donde se destacan sus posturas intelectuales. Luego se incluye un análisis de su pensamiento mágico para después hablar un poco sobre la sociedad que le tocó vivir caracterizada por ser altamente patriarcal. Ahora bien, se pone de manifiesto el apoyo que Prudencia Ayala recibió por parte de Masferrer cuando hizo pública su decisión de lanzarse como candidata presidencial y se trata también de hacer una aproximación a la lucha que ella emprendió con el fin de lograr la concesión del voto femenino en El Salvador. Para cerrar, se presenta una conclusión donde se hace un somero balance sobre la importancia de su legado.
                                                                                     
Palabras clave: Prudencia Ayala, feminismo, elecciones presidenciales, Alberto Masferrer, derechos de la mujer.

Abstract: The figure of Prudencia Ayala it taken currently as synonym of the first fights for the women´s rights defense during the first decades from the twenty century. In that sense, this article makes a short travel for her life, highlighting her intellectual points of view. After it includes a second segment which analyze her magic thought, continuing with a development of the historic circumstances that she lived, which was characterized for being a society highly chauvinist. In another hand, this article remarks the support that she received from Masferrer when she made public her choice to participate as presidential candidate and it makes emphasis over the fights that she started to get the right to the female vote in El Salvador. Ultimately, it presents a conclusion which makes a short balance about the importance of her legacy.
 
                
Key words: Prudencia Ayala, feminism, presidential elections, Alberto Masferrer, women´s rights.


Biografía de Prudencia Ayala
Prudencia Ayala nació en la ciudad de Sonzacate, departamento de Sonsonate, el 28 de abril de 1885. Desde muy niña se trasladó a vivir con su madre a la ciudad de Santa Ana donde inició su educación primaria, la cual no pudo finalizar debido a razones económicas.[1] En cuanto a sus raíces, –según lo afirmó la misma Prudencia– era descendiente de indígenas, pero su padre, específicamente era oriundo de México.[2]
            Prudencia Ayala, se consideraba a sí misma “adivina” y creía hacer profecías, las cuales empezó a publicar en el Diario de Santa Ana, motivo por el cual se le bautizó con el sobrenombre de “sibila”,[3] apelativo que hace alusión a una mujer a quien los antiguos griegos y romanos atribuían la facultad de predecir el futuro.[4] Prudencia Ayala, era multifacética ya que además de incursionar en el ámbito de la política cultivó la poesía, el activismo social, el periodismo y corte-confección. Ayala, al igual que otras mujeres de su época, se mostraba a favor de la concesión de los derechos de la mujer tal era el caso de su congénere Matilde Elena López quien en los años posteriores a la caída de Maximiliano Hernández Martínez, trabajó en el Instituto Democrático Femenino a fin de lograr ciertas prerrogativas en favor de las mujeres. Matilde Elena López, también dirigió el periódico de dicha organización, el cual salía publicado bajo la denominación de Mujer democrática.[5]
Por otro lado, Ayala también estaba a favor de la causa unionista por la cual habían venido pujando figuras pensantes reconocidas como Alberto Masferrer y Salvador Mendieta, especialmente, durante la década de los 20. Del mismo modo, era una fiel defensora del sistema político democrático muestra de ello es que cuando se le preguntó en una ocasión si creía en la idea del candidato único, ella contestó que no porque tal proceder llevaba a la nulidad del régimen. A su juicio, obligar a uno o varios candidatos a renunciar era absolutamente contradictorio al pluralismo consagrado en la Constitución. De igual manera, sostuvo que la esencia de la democracia consistía en respetar la voluntad del pueblo sin ningún tipo de cortapisas.[6]     
También era simpatizante de la causa antiimperialista de César Augusto Sandino; esto es muy esclarecedor, ya que en muchas ocasiones se suele presentar a Ayala como una persona que luchó por todos estos tópicos de manera casi aislada, pero la verdad es que si se mira con detenimiento, muchos de sus contemporáneos eran afines a las mismas causas ayalistas y es aquí donde cobra sentido el concepto de “redes intelectuales” introducido desde hace algún tiempo en los estudios latinoamericanos por la académica Marta Elena Casaús Arzú.[7]
 Los intelectuales de la época, aunque no se conocieran personalmente, se cohesionaban a partir del contenido de sus obras y por tener los mismos intereses.  En este caso en particular, habría que colocar a la cabeza de toda una generación al maestro Alberto Masferrer, quien tuvo la mayor difusión e influencia sobre el resto. Masferrer apoyaba la causa feminista, era unionista-antimperialista y, en definitiva, apoyó la causa de Prudencia Ayala cuando ella se lanzó a la contienda electoral de 1930-1931. Es por esto que, definitivamente, todas estas conexiones y afinidades de ningún modo deben invisibilizarse o verse como algo casual ya que fueron preocupaciones legítimas que tejían redes de apoyo y comunicación multilateral.[8]  
Sobre el tema propiamente antiimperialista, existe una carta que Prudencia Ayala le dirigió al general Anastacio Somoza, la cual nunca fue publicada o, al menos eso fue lo que se hizo constar en una nota al pie del mismo documento, debido a que la misiva no pasó las regulaciones de censura pública, ya que se consideró que atentaba contra la moral política  centroamericana, o, en otras palabras, era diplomáticamente incorrecta. En la misma, le expresó al entonces Presidente de Nicaragua que el hecho de que hubiese asesinado al héroe de las Segovias, sólo lo envilecía frente a sus gobernados y frente al mundo, incluso le pidió a los militares nicaragüenses que lo expulsaran de sus estamentos[9] y sin que haya quedado plasmado de manera explícita, era evidente, que les estaba sugiriendo el golpe de Estado:

Esto es con relación a la muerte del valiente libertador General Sandino, una de las figuras del patriotismo nicaragüense de que te ufanas haber asesinado vilmente contra todo honor nacional (…) ¡Qué monstruosidad tan horrenda movida por la pasión degradante! General Somoza estás degradado con todo y tus galones sin prestigio ante la conciencia y buen criterio nacional. Esto es como dices, asumir la responsabilidad ante Dios, ante la sociedad y ante la historia. General Somoza, eres un reo confeso del delito de lesa patria, el haber asesinado a un héroe libertador de la autonomía nacional…[10]   
     
            Es importante destacar también que la otra cara de la moneda del antiimperialismo era el unionismo. La idea era muy simple y consistía en que si cada una de las pequeñas naciones centroamericanas eran débiles por separado, tanto desde el punto de vista político, económico, social como cultural, juntas serían más fuertes. Mientras los políticos no entendieran eso Centroamérica siempre sería subdesarrollada y estaría en situación de desventaja frente a las potencias extranjeras. Evidentemente, Ayala abogaba por un despertar de los líderes para que unieran el territorio de manera pacífica y para el beneficio de todos, tal cual se muestra en el siguiente fragmento:   

A los ciudadanos centroamericanos:
Atended las instrucciones de la obrera
que lucha con tezón.
Por unir los hermanos de la América,
sin lucha de cañón.
Los pueblos que dormían en la inercia
ya despertarán.
Para subir la escala del progreso
donde todos gozarán.
Pues los pueblos que estaban oprimidos
se libertarán.
Ya no más se oirán tristes gemidos
del valiente Morazán.

Prudencia Ayala
Santa Ana, 28 de febrero de 1928.[11]     

Según Ayala, desde 1913 empezó a escribir sobre el ideal de construir una República Unida de Centroamérica, manifestando que en 1919 había efectuado una gira por Guatemala para cumplir con dicho sueño.[12] Ayala, incluso, en unas declaraciones que hizo al Diario del Salvador dijo que su objetivo era netamente centroamericanista, pero más aún latinoamericanista.[13] Por sus palabras, puede colegirse que, para ella, la unión del istmo traería grandes ventajas:

He sido unionista desde hace 18 años y vengo escribiendo en la prensa a favor de aquella causa hace el mismo tiempo. Reconocer fronteras en estos pueblos es asesinarlos, pues por causa de fronteras tenemos esa amenaza de lucha entre Honduras y Guatemala lo cual ayudaré a solucionar con mi pequeño contingente. Creo que esos dineros que gastan los gobiernos en fronteras, debería invertirse en apertura de carreteras entre los Estados y olvidar las líneas fronterizas que son resumidero de vidas, patíbulo de ciudadanos.[14]   

Ahora bien, dentro de algunas de las obras que Ayala escribió se pueden mencionar Escible, Aventuras de un viaje a Guatemala, donde narró su encarcelamiento en el vecino país bajo la acusación de estar participando en un movimiento subversivo para derrocar al entonces Presidente Manuel Estrada Cabrera, quien en ese momento era considerado un dictador. Para entender esto, es necesario mencionar que cuando Ayala se encontraba allá, Estrada Cabrera estaba ejerciendo su cuarto período presidencial, el cual duraría de 1917 a 1920. También hay que decir que durante las sucesivas administraciones de Estrada Cabrera, la democracia fue una farsa, ya que su candidatura era única y exclusiva; los partidos políticos de oposición estaban estrictamente prohibidos.
            Ayala también fue fundadora y redactora del periódico Redención femenina, donde quedaron plasmadas la mayoría de sus ideas feministas. Asimismo, publicó con fondos propios dos obras de corte feminista: Inmortal, amores de loca (1925) y Payaso literario en Combate (1928). Según lo declaró la misma Ayala, también fue autora de algunos otros folletos como Aguinaldo a las naciones y La luz de Orión. Cuando se le preguntó por sus autores favoritos nacionales dijo que le agradaban Justo Martel, Pedro de León, Massi, entre otros, pero cuando se le hizo referencia al gremio de periodistas, expresó que casi todos eran sus enemigos.[15]  
            En uno de los pocos editoriales que se ha podido encontrar del periódico Redención Femenina, Prudencia Ayala estableció que la mujer había gobernado en Europa durante el sistema monárquico, y que, por tanto, tenía experiencia dirigiendo. Ella se cuestionaba el hecho de por qué si pudo gobernar en ese período ¿por qué no podía gobernar en el nuevo sistema republicano-liberal? Por otro lado, si la mujer había gobernado en Europa, ¿por qué no podía gobernar en el nuevo continente indo-latino-hispanoamericano?[16] En realidad, las observaciones de Ayala son muy interesantes, ya que casi siempre se suele considerar el sistema monárquico como despótico y falto de libertades, pero la verdad es que en el sistema democrático latinoamericano de esa época, que se juzgaba a sí mismo como “revolucionario” y “moderno”, la mujer sufría de graves exclusiones iguales o peores que en el viejo orden. El problema era que, aunque el sistema político era moderno, la mentalidad y las costumbres de los hombres de esta parte del mundo estaban rezagadas.       
Ayala también se convirtió en oradora y conferencista de la causa feminista llevando su voz tanto a plazas como a calles de San Salvador,[17] lo que la hizo ganarse cierta reputación de “loca” y “bochinchera”. En ese sentido, se especula también que Prudencia pudo haber participado en la famosa manifestación de mujeres que fueron reprimidas de manera violenta por la Guardia Nacional en el centro de San Salvador el día 25 de diciembre de 1922.[18]
Sobre el carácter disertador de Prudencia Ayala existe una invitación pública en formato de hoja volante donde se le reconoce como una genuina representante de la mujer indo-latina tanto en el campo de la política como en el de las reivindicaciones femeninas. Cabe destacar que Ayala se convirtió en pionera de la defensa de los derechos de la mujer desde el mismo momento en que fue apoyada por el Circulo Femenino Tecleño, el cual hizo extensiva la convocatoria no solamente a mujeres sino al público en general que deseara asistir. Al mismo tiempo en el texto se puede leer que esta lucha de equiparar en dignidad a los sexos no era solo una cuestión que se estaba dando en El Salvador sino a nivel mundial, de ahí que otra de las prerrogativas que Ayala exigía era la igualdad de oportunidades a la hora de tener acceso a carreras universitarias:[19]  

¡La humillante condición que actualmente ocupa en el campo político la mujer salvadoreña ha terminado! Por todos los ámbitos de la República se levanta un justo clamor exigiendo dar y reconocer a la mujer salvadoreña los derechos ciudadanos que en mala hora se le han quitado, y como una muestra de la barbarie en que hemos vivido, no se le han reconocido (…) hoy tócale a la mujer salvadoreña exigir sus Derechos. El sábado próximo a las 7 p.m. en el parque Hernández  DICTARA UNA CONFERENCIA DOÑA PRUDENCIA AYALA,…[20]        
            Aparentemente, Prudencia Ayala también logró establecer ciertos contactos con algunos intelectuales de la época, tal fue el caso del jurisconsulto Miguel Estupinián, del italiano Luciano Candella y del español José María Gutiérrez Duarte.[21] Uno de los aspectos menos conocidos de Prudencia Ayala y quizás uno de los más importantes desde el punto de vista político, es la valiente carta abierta que le dirigió en el Diario de Occidente, al Presidente Maximiliano Hernández Martínez, en donde le pedía la liberación de unos presos que se encontraban injustamente privados de libertad, en el sentido de no habérseles imputado ningún delito de forma legítima.[22] Aunque la noticia no lo menciona literalmente es muy probable que estos detenidos hayan sido acusados de ser “comunistas”. Por otro lado, es sorprendente que esta noticia haya podido ver la luz pública ante la censura periodística que había en ese momento. La carta decía así:
Carta Abierta Al Pte. de la República, Sr. General Martínez
Casa Presidencial, San Salvador.

Presidente: En nombre de la patria y de la justicia, que es de la sociedad os pido lebereis a los prisiones que menciona el semanario “Opinión Estudiantil” ellos son: Jorge Antonio Herrera, Julio Sánchez, Antonio Palacios, Víctor Adolfo Azucena, Antonio Nuila, Julio T. Acosta, Transito Martínez, José Antonio Díaz, Manuel González, Porfirio Adrián Huiza, José Antonio Martínez, Balvino Antonio Marroquín, Alberto López Mariona, Félix García, Alberto Monterroza y Ramón Ríos Aguilar. Al mismo tiempo los que están detenidos en Santa Ana, sin que se les haya incoado ningún juicio como explica el semanario estudiantil en referencia. Por lo que os pido en nombre de la patria y de la justicia que es de la sociedad, la libertad de éstos.
Suscribiéndome de Uds. Atta. y S. S. Por la patria la justicia y la libertad.
PRUDENCIA AYALA.
Santa Ana, 5 de junio de 1935.[23] 
            
Ahora bien, sobre lo anterior cabe mencionar que en el Fondo Documental Prudencia Ayala del Museo de la Palabra y la Imagen (MUPI) existe un recorte del Diario Nuevo, en donde se establece que el Presidente Hernández Martínez liberó a 17 reos que habían sido acusados de atentar en contra del orden público y las instituciones democráticas. Es muy psible que se haya tratado de las mismas personas debido a que en la parte superior de la página del periódico se alcanza a atisbar la fecha del 11 de enero de 1936, es decir, unos meses después de la publicación de la carta de Ayala. Por otro lado, el número de reos que se mencionan en ambos documentos son casi iguales; Ayala en un primer momento menciona a 16 convictos y la noticia del Diario Nuevo habla de 17, siendo el mayor incoveniente que esta última no menciona los nombres.[24]
            En esta misma dirección el Diario Nuevo fue enfático en sostener que a muchos de ellos se les probó su participación en los sucesos de enero de 1932 y que a otros se les demostró su involucramiento en actividades de carácter subversivo realizadas con posterioridad. La cuestión es que lo que habría otorgado Hernández Martínez, en realidad, no sería su liberación por su estatus de inocencia sino un “indulto” o “perdón” bajo la condición de que, en un futuro, no se volverían a involucrar en este tipo de hechos.[25] De tratarse de las mismas personas –como probablemente fue– habría sido una gran hazaña tanto de los redactores de Opinión Estudiantil como de la misma Prudencia Ayala.

Adivinación y pensamiento mágico
En el aludido MUPI pueden encontrarse algunos recortes sobre el poder de predecir el futuro que supuestamente tenía Prudencia Ayala, por ejemplo, hay uno donde Ayala establecía que el mundo iba a experimentar un gran cambio debido a que la humanidad probaría la existencia del espíritu que residía en el cuerpo, lo cual iría en detrimento del materialismo vulgar que negaba la realidad de dicha sustancia. Ayala también sostenía que escuchaba voces que le revelaban sus designios, muestra de ello es que sostenía que iban a acaecer ciertos “milagros” de sanación mediante los cuales los sordos oirían y los ciegos verían, todo esto bajo un estilo muy profético y tomando ideas que venían del cristianismo.[26]
            Prudencia Ayala tuvo su mayor protagonismo durante las décadas de los años 20 y 30, período en el que había una oposición sistemática al positivismo político y epistemológico característico de los proyectos de nación decimonónicos. Es por eso que tal y como se ha remarcado en distintas investigaciones realizadas con anterioridad por este autor, doctrinas como el espiritismo, el espiritualismo, las doctrinas orientales, la teosofía, y el pensamiento mágico tuvieron mucho impacto en la región centroamericana. Sin que Ayala haya pertenecido a ninguna logia o se haya adherido públicamente a ninguna corriente, es muy probable que se viera influenciada por alguna de estas tendencias que se diseminaban a una gran velocidad en el ambiente, aunque tampoco habría que excluir las simples creencias populares y las supersticiones propias del pueblo sencillo, muy al estilo de “la siguanaba” o “el cadejo”. Asimismo, Ayala, ofrecía sus servicios a cualquier persona interesada en conocer lo que le deparaba el futuro.[27] 
            Como era de esperarse, la mayoría de periódicos de la época se burlaron de ella, incluso, El Cronista de Guatemala le llamó “una de esas semi-fantásticas quirománticas”, haciendo referencia a su imaginario agorero y a la actividad de lanzar las cartas para predecir el futuro, a la cual calificaron como “profesión pintoresca”.[28] Ahora bien, parecía que a un amplio público le interesaba conocer las habilidades sobrenaturales de Ayala del tal modo que en septiembre de 1930 el Diario del Salvador, publicó un artículo titulado las “Profecías de nuestra Pitonisa Prudencia Ayala”. Resulta muy interesante que todo esto lo combinara con su campaña política e intereses eminentemente feministas, ya que pareciera que una cosa no guardaba ninguna relación con la otra.
Con su apariencia física y su bastón, Ayala parecía lo que los salvadoreños tradicionalmente han llamado “una bruja”. Ahora bien, no debe olvidarse que por sus mismas creencias teosóficas y orientalistas, a Maximiliano Hernández Martínez también se le ha denominado “el brujo de San Matías”, lo cual demostraría que todo esto era parte del mismo imaginario de la época aunque Ayala declaró enfáticamente que nunca había asistido a ninguna sesión espiritista[29] y que tampoco era una “médium” capaz de comunicarse con los muertos.   
            Entre algunas de las profecías que realizó Prudencia Ayala se encuentran: la caída del Kaiser en Alemania, la intervención de los Estados Unidos en la guerra europea y el derrocamiento de la monarquía en España. En las figuraciones de Prudencia Ayala también puede denotarse la creencia en un ser espiritual superior y en la idea de la inmortalidad del alma, dos ideas que en ese momento estaban pujando con fuerza gracias a la teosofía que se encontraba en boga y que –como ya se ha dicho– se oponía al materialismo tanto científico como marxista.[30] Vale decir que cuando Prudencia Ayala lanzó su candidatura a la primera magistratura, los periódicos utilizaron esta fama de prestigitadora para atacarla:

Doña Prudencia Ayala va a iniciar una serie de conferencias populares. Sus propósitos son nobles: orientar. Tiene la ventaja de la pitonización. Dejando en el pasado a los muertos, ve con diafanidad el porvenir. Ella ya lo sabe todo. Las cartas, las líneas de la mano y los espíritus se lo han dicho. Hablamos en serio. Con estas cosas no se juega.[31]  
             
Cuando se le preguntó a Prudencia Ayala sobre si a partir de sus trabajos esotéricos había podido obtener algunos réditos, manifestó que –al principio no–, que la gente solo se lo agradecía, pero que después “debido a que escuchó una voz”, había empezado a cobrar.[32] En realidad, no se puede asegurar que Ayala haya hecho tal aseveración, ya que, en muchos casos y con el fin de caricaturizarla, los periodistas ponían muchas palabras en su boca.    

Prudencia Ayala y la sociedad patriarcal de su época
Una vez conocida parte de la vida pública y privada de Prudencia Ayala habría que conocer su dimensión política y las reacciones misóginas que esta provocó. Cuando Ayala pretendía lanzarse como candidata ideó un programa de gobierno que se fundamentaba en los siguientes puntos: 1) Capacidad y honorabilidad de los funcionarios que compusieran su gabinete de gobierno, el cual sería mixto, es decir, compuesto por hombres y mujeres, 2) Apoyo a la educación pública y mejoramiento de las condiciones económicas del sector magisterial, 3) Promover y defender la libertad de culto y de credos, 4) fundar sindicatos y restituir y respetar los derechos laborales de las clases menos favorecidas, 5) Suprimir o reducir al máximo el expendio de alcohol por parte del Estado,[33] 6) garantizar la libertad de expresión y de prensa, 7) Luchar por el reconocimiento de los derechos de la mujer en el ámbito político: especialmente el derecho al voto y a poder optar a cargos de elección pública, 8) Promover una política de no endeudamiento de la nación para lograr una mayor independencia a nivel internacional, 9) Abrir espacios a la mujer en distintos ámbitos y 10) Erradicar la discriminación que hacía la ley entre hijos legítimos e ilegítimos (nacidos dentro del matrimonio y fuera del matrimonio).[34]
Para las elecciones presidenciales de 1931, había muchos candidatos en la contienda y de sobra es sabido que quien las ganó fue el Ingeniero Arturo Araujo, aspirante por el Partido Laborista; triunfo que no hubiese sido posible sin la ayuda del maestro Alberto Masferrer quien le lideró la campaña. Se debe hacer notar que en algunos periódicos como El Día cuando se discutía sobre los distintos partidos y postulantes, el nombre de Prudencia Ayala ni siquiera salía mencionado, es decir, fue como si hubiese sido invisible o no existiera. Por otro lado, su campaña electoral fue la más modesta desde el punto de vista financiero. Al parecer muy pocos periódicos dieron noticias serias sobre sus actividades proselitistas. La percepción que queda es que su candidatura, allende del serio conflicto jurídico que causó, nunca fue tomada en serio por sus contemporáneos, ya que además de sus creencias estrafalarias que supuestamente la autodescalificaban, existía el fuerte prejuicio de que la política era una cuestión de hombres. Ahora bien, hay otras opiniones que establecen que Ayala recibió mucha atención pública aunque fuere de la “mala”.[35]
Un ejemplo de esto fue El Espectador del 16 de agosto de 1930 que en una nota titulada “Doña Prudencia Ayala visitó el Palacio Nacional” dejó sentado que el solo hecho de que una mujer pisara el edificio de Gobierno ya era un triunfo y una señal de osadía. Ahora bien, por el tono burlesco de la misma, es notorio la forma despectiva con que la veían en el sentido de pintarla como “desubicada” e “ilusa”. Al parecer, el periódico Verbo estudiantil también publicó una breve nota titulada “La Candidata y Sibila Ayala” donde la hacían parecer como “ignorante”. Otros periódicos señalaron que lo único que le faltaba a  Prudencia Ayala era ser “hombre” y es ahí donde puede verse el carácter transgresor y disruptivo de este personaje, ya que luchó en contra de muchos de los convencionalismos sociales y prejuicios machistas de la época.[36]

“Política callejera”, El Espectador, sábado 10 de mayo de 1930. Documentos originales: SV/MUPI/A/05/5.5.3. F7 70. En este periódico puede verse la sátira con la que se tomó la candidatura de Ayala, en primer plano puede apreciarse a una mujer vestida de hombre en su calidad de “ciudadano” vistiendo corbata y traje y platicando de “tú a tú” con un caballero de la alta sociedad. (Foto tomada el 12/08/ 2018).

Por su parte El Espectador del 3 de mayo por su parte mencionó que la única forma que tenía Ayala de llegar a la casa de Gobierno era casándose con el candidato soltero que tuviera más posibilidades de ganar; el periódico La Época fue más agresivo aún al publicar el siguiente titular: “Prudencia Ayala, una analfabeta quiere ponerle la montura al macho”.[37] Ahora bien, esta mala prensa hacia que, de un modo u otro, la candidatura de Ayala llamara la atención; se piensa que algunos periodistas moderaron sus ataques, ya que al hablar con ella pudieron comprobar que se trataba de una mujer capaz e inteligente, misma que en una ocasión fue conceptualizada como una “exponente de la intelectualidad femenina salvadoreña”.[38]
El Diario de Oriente, manifestó que a partir de lo que se podía leer en algunos periódicos capitalinos, Ayala tenía un regular número de seguidores. Lo que sí es palpable –como ya se dijo– es que hubo una escasa publicación de artículos serios y objetivos sobre Ayala. También aparecieron muchas opiniones de tipo discriminativo insinuando que las funciones sociales propias de la mujer eran “cocinar” y “lavar”. En ese sentido, los únicos roles que podía jugar eran los de esposa y madre, lo cual entre líneas quería decir que tenía que ser una “sirvienta” sin salario a las órdenes de su esposo (sumisa). Además, existía la percepción de que si la mujer se involucraba en política descuidaría los quehaceres del hogar, con lo cual los divorcios se dispararían. En general, se creía que una “hembra” no podía ocupar un puesto público;[39] es evidente que muchos de los argumentos que se utilizaron en esa época ahora ya no tienen cabida por ser retrógrados, aunque habría que decir que la mentalidad de muchos hombres, en la actualidad, sigue siendo similar. 

“Caricatura sarcástica de Prudencia Ayala”. Documento originales, recortes, SV/MUPI/A/05/5.58. Se puede ver en la mano de Prudencia Ayala una cuchara. En esa época existía la concepción de que las mujeres solo podían cumplir labores hogareñas como cocinar. Se supone que con esa cuchara Prudencia Ayala iba a mover los frijoles. (Foto tomada el 10/08/2018).

También se quería transmitir la idea de que la mujer era un ser “superfluo” al que solo le interesaban cuestiones como la moda. Además, se concebía la percepción paranoica de que si se le dejaba participar en política, la sociedad terminaría como en una especie de anarquía, ya que después querría mandar al esposo. A Prudencia Ayala, le lanzaron todos los tipos de improperios que se pudiera imaginar y todos iban inclinados en hacerla parecer como “iletrada” o “impúdica”, también ante la publicación de una serie de dibujos de línea peyorativa se le adjudicó el mote de “fea”. Asimismo se le calificó de “marimacha” adjetivo con el que se describe actualmente a muchas mujeres que luchan por los derechos de género. En ese sentido, hoy también se está implementando una campaña de no discriminación contra las personas con preferencias sexuales diversas (comunidad LGBTI), tema extremadamente polémico desde el punto de vista ético. En definitiva, la apreciación de esa época era que por defender los derechos de la mujer, Ayala, era una “anormal” y una “disfuncional”, luego pareciera ser que otros comentarios trataron de caracterizarla como “promiscua”.[40]       
En contraste a esto, algunos estudiantes universitarios apoyaron la candidatura de Ayala, a quien llamaron “nuestra rebelde compatriota”. Se dice que cuando ella disertó frente a la Universidad Nacional fue ovacionada por la audiencia que se encontraba presente, de quien también recibiría muchos ¡vivas![41] Por otra parte el director del diario El Espectador, el masferreriano Manuel Andino, también apoyó dicha moción, es decir, evidentemente había un sector minoritario que veía con buenos ojos su postulación, al menos desde un punto de vista sentimental.[42] En dicho periódico, incluso, se publicó una salutación a Prudencia Ayala, de la cual se presenta un extracto continuación:

Paso, paso a la Prudencia, que la patria está salvada.
Ya no sirven si ella no viene a las absurdas convenciones
porque hay voces en la boca de sus trépidos cañones
y el fututo es un relámpago en la punta de su espada.  

Paso, paso a la Prudencia, que en sus manos hay un soplo
de sibila milagrosa y heroína de novela.
En sus manos como signo proletario va el escoplo,
y el nivel y la cuchara, la plomada y la candela.

La Prudencia nos despierta, la Prudencia nos exalta,
la Prudencia es un emblema de piedad y redención,
en su sueño de milagro la bandera está muy alta
y en su pecho está vibrando fervoroso el corazón.[43] 


Por otra parte, en el contexto de su campaña, el periódico Verbo Estudiantil le hizo una entrevista, en la cual estableció que además del apoyo del pueblo necesitaba la opinión racional y ecuánime de abogados, estudiantes y artistas. También manifestó que no contaba con el dinero suficiente para hacer propaganda, pero que contaba con toda la voluntad necesaria para seguir adelante. Por otro lado, dijo que nunca se uniría a ningún otro candidato de los que estaban en la contienda electoral. Cuando fue cuestionada sobre lo que opinaba sobre el Presidente Pio Romero Bosque, dijo que era un Presidente ideal debido a que respetaba los derechos y las libertades ciudadanas. Lo que debe enfatizarse es que aún en el transcurso de esta entrevista, siempre había preguntas burlescas contra la candidata, lo cual llegaba ser muy molesto, ya que tal y como ella misma lo manifestó, nunca se le tomaba en serio. Incluso, al final de esta supuesta entrevista apareció una frase que decía: “LOS NIÑOS Y LOS LOCOS DICEN LA VERDÁ”.[44]
En otra entrevista imaginaria, Prudencia Ayala también fue ridiculizada de todas las maneras posibles. Esto es importante mencionarlo porque a través de ella puede descubrirse no solamente el rancio machismo que existía en esa época sino lo que hoy en día se denomina “misoginia”, que es el odio o la aversión hacia las mujeres y niñas por el simple hecho de serlo. La misoginia puede manifestarse de distintas maneras que van desde la denigración y la discriminación hasta los distintos tipos de violencia contra la mujer en una sociedad patriarcal de corte heterosexual.[45] Un aspecto muy preocupante, es que en muchos de los editoriales a los que se ha venido haciendo alusión se descubren muchas conductas que, en la actualidad, son constitutivas de delitos contra el honor; tipos penales que el legislador estatuyó para proteger el decoro, la imagen y el buen nombre de las personas. Esos pronunciamientos bien pudieron haber entrado dentro del delito de difamación, que consiste en “atribuir a una persona que no está presente una conducta o una calidad capaz de dañar su dignidad” y el de injuria que consiste en “ofender de palabra o mediante acción la dignidad o el decoro de una persona”.[46]
Dentro de la doctrina se considera que el bien jurídico tutelado que se está lesionando es el honor en dos sentidos: a) desde el punto de vista objetivo se lastima la buena fama o reputación social y b) desde el punto de vista subjetivo se lesiona la propia autoestima, que es la conciencia que una persona tiene sobre sí misma, la cual puede ser afectada gravemente en este tipo de vulneraciones.
Por otro lado, en el caso específico de Ayala, había circunstancias que eran agravantes de estas manifestaciones en el sentido de que a todas luces se vulneraba la deontología periodística y, evidentemente, también había un uso excesivo de las libertades de información y prensa. Las publicaciones de este tipo de opiniones en cualquier forma de medio de comunicación social, son agravantes porque la burla o la mofa llegan al público de manera masiva.[47]            
Las valoraciones sobre Ayala, evidentemente eran desbalanceadas y carecían de imparcialidad. En la mayoría de los casos no tuvo derecho a rectificación o respuesta. Otro hecho notorio de resaltar es que estos periódicos no se reducían a analizar su posible candidatura e idoneidad, sino que entraban en aspectos de orden privado como sus creencias o entraban en consideraciones de carácter físico o sexual. Estos aspectos no tenían nada que ver con el cargo que Ayala aspiraba ocupar, el único propósito de los medios era ofenderla y reducirla en dignidad y, hasta cierto punto, también intimidarla moralmente. Todo esto formaba parte de las vulneraciones a sus derechos humanos, es decir, la forma como se manejaban y presentaban sus imágenes y la forma como se presentaban los comentarios soeces e impertinentes eran lesivos a su dignidad humana.
El mensaje de fondo que se quería transmitir era que todas las mujeres eran “promiscuas” o que les gustaba mantener relaciones sexuales aun sin su consentimiento. Ahora bien, al observar la siguiente imagen el primer delito que se viene a nuestra mente es el de Acoso sexual.
“Capitalinos”, El Diluvio, Documentos originales, recorte sin fecha, SV/MUPI/A/05/5.58 F12 128. Nótese como en la caricatura sarcástica el individuo que se encuentra detrás de Prudencia Ayala está rozando su miembro viril a su cuerpo sin que esta aparentemente haga nada para defenderse. Por otro lado, se satiriza la idea de que una mujer pudiera llegar a convertirse en policía, ya que era un oficio propio de hombres. Una mujer policía o era una “virago” o una “anormal”. (Foto tomada el 10/08/2018).

Lo que hay que entender de este tipo de delitos como la difamación y la injuria es que no solamente pueden darse de manera manifiesta sino a través de alegorías, caricaturas o alusiones, tal y como fue en el caso de Prudencia Ayala. Otro ejemplo de ello es que en una noticia titulada “de broma en broma”, incluso se le llegó a comparar con un animal; la noticia hace ver como inaudito e imposible que una mujer llegue a la presidencia. Cuando en la misma nota se hace decir a Ayala la frase “el árbol frondoso de mi pensamiento”, en realidad se está haciendo referencia, de manera despreciativa, a la poca inteligencia que le atribuían.[48]
También es interesante, aunque se haga de forma bufona, que mencione que cuando Ayala llegará a la presidencia sería como “el principio de la redención del indio” y es aquí donde la situación se hacía aún más procaz, ya que no era suficiente atacarla por su condición de mujer sino que también por su raza u origen étnico. En realidad, el comentario de “animal” hacía referencia a su dimensión de india “salvaje”; luego se leen muchas frases misóginas referidas a la altura de la falda, la transparencia de la ropa, el amor libre y una serie de aseveraciones chocantes que es preferible omitir.[49]   
Para finalizar con este apartado, quisiera hacer algunas reflexiones sobre el acoso sexual que actualmente está regulado en el Art. 165 del Código Penal, el cual en su inciso primero literalmente establece: “El que realice conducta sexual indeseada por quien la recibe, que implique frases, tocamiento, señas u otra conducta inequívoca de naturaleza o contenido sexual y que no constituya por sí sola un delito más grave, será sancionado con prisión de tres a cinco años”. El punto es que la mujer de hoy en día debe estar educada para denunciar este tipo de conductas impropias.
Por otro lado el delito de difamación está regulado en el Art. 178 C. Pn. y establece:

El que atribuyere a una persona que no esté presente una conducta o calidad capaz de dañar su dignidad, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación, será sancionado con prisión de seis meses a dos años. La difamación realizada con publicidad será sancionada con prisión de uno a tres años. La difamación reiterada contra una misma persona será sancionada con prisión de uno a tres años y multa de cincuenta a cien días multa.[50]

Asimismo el delito de injuria se encuentra reglamentado en el artículo 179 C. Pn. el cual expresa:

El que ofendiese de palabra o mediante acción la dignidad o el decoro de una persona presente, será sancionado con prisión de seis meses a dos años. La injuria realizada con publicidad será sancionada con prisión de uno a tres años y multa de cincuenta a cien días multa. Las injurias reiteradas contra una misma persona serán sancionadas con prisión de uno a tres años y multa de cincuenta a cien días multa. Si las injurias reiteradas se realizaren con publicidad, la sanción será de uno a tres años de prisión y multa de cien a doscientos días multa.[51]

No sabríamos decir a ciencia cierta si estas conductas se encontraban tipificadas como delitos en esa época, de no ser ese el caso, nuestra intención tampoco sería caer en un anacronismo sino demostrar con ejemplos como las acciones que se ejercían en contra de Ayala en la actualidad, serían perfectamente procesables ante un Tribunal de Justicia. Desde este mismo punto de vista habría que decir que la Declaración Universal de los Derechos Humanos fue decretada hasta el año 1948, o sea, algunos años después de la muerte de Prudencia Ayala, lo cual no obsta para hacer ver que el Art. 7 de dicho Tratado Internacional establece que todos los seres humanos son iguales ante la ley, sin ninguna distinción. Además el Art 8 reza: “Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo, ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley”.[52]
La Declaración también establece en su Art. 12 que toda persona tiene derecho a que se le respete su vida privada y a que los estados la protejan de todo tipo de ataques en contra de su honra o su reputación. Finalmente es forzoso señalar que el Art. 21 establece que: “Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos” y además agrega: “Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país”.[53] Con todo este raciocinio legal hemos querido llegar a la conclusión de que Prudencia Ayala al igual que Alberto Masferrer con su obra el  Mínimum Vital fueron precursores, adelantados y pioneros en la defensa de ciertos derechos humanos universales, independientemente de su sexo, posición social, credo o cualquier otro tipo de diferenciación.       
Lo preocupante de todo esto, es que en esa época, estas agresiones no solamente eran toleradas socialmente sino que se utilizaban como una forma de entretenimiento vulgar. Por otro lado, todo este tipo de expresiones eran de carácter reiterativo y sistemático, tal y como se puede comprobar a través del periódico hondureño El Cronista, quien manifestó literalmente que la candidatura de Ayala era “un motivo para mantener el buen humor de los salvadoreños”.[54].


Masferrer, el periódico Patria y las luchas feministas
Es sabido que Masferrer siempre se mostró a favor de la emancipación de la mujer salvadoreña y, en general, de la mujer latinoamericana, incluso, el historiador Carlos Cañas Dinarte establece que la secretaria personal de Masferrer durante su dirección en Patria fue la escritora feminista y militante comunista Ana Rosa Ochoa.[55] En realidad, tal aseveración resulta muy controversial en la actualidad, ya que Ana Rosa Ochoa junto a otras féminas como Amparo Casmalhuapa, María de Baratta, Mercedes Viaud Rochac, Marta Alegría y Emma Posada formaron parte del Grupo Masferrer que apoyó inicialmente el gobierno de Maximiliano Hernández Martínez en 1933 y aun después de la fatídica rebelión de 1932 que dejó miles de muertos y que, efectivamente tenía vínculos con el comunismo internacional.[56] Allende de esto, lo que es evidente es que las redes intelectuales feministas siguieron aún después del fallecimiento de Masferrer.
            Ante la pregunta de por qué traer a Masferrer a colación en un trabajo sobre Prudencia Ayala, ya hemos insinuado hasta cierto punto la respuesta y es que más allá de que hayan sido contemporáneos, Masferrer creó un clima intelectual y social en favor de la mujer. Incluso, Masferrer incorporó a su propio proyecto político de la Unión Vitalista a muchas mujeres tal fue el caso de Teresa Masferrer de Miranda, Cándida de Pilón, Olimpia Fernández, Ofelia Peralta, Margarita de Pérez, María Jiménez, Catalina Morán, Carlota de van Severen, Margarita Flores, Evelina Cienfuegos y muchas más.[57] 
            Masferrer entendió que las reivindicaciones feministas no eran un problema de mujeres contra hombres y de hombres contra mujeres sino un problema de todos como sociedad, es decir, no se trata de que las mujeres, –como en una especie de venganza o revanchismo– traten de marginar a los hombres de sus causas justas, sino de que ambos compartan responsabilidades, roles y oportunidades. Asímismo, Masferrer trató de sensibilizar y de crear cierta racionalidad en el sentido de ir desterrando ciertos prejuicios muy arraigados como los que el mismo tenía, por ejemplo en cómo se tenía que vestir una mujer “honorable”. Carlos Cañas Dinarte establece que Masferrer, en un principio, era indiferente a las distintas vicisitudes que tenían que enfrentar las mujeres de su época, pero que debido a su cercanía con sus hermanas Hortencia y Mercedes Madriz y a otras intelectuales centroamericanas tomó conciencia de la gravedad de la situación, incorporando así una nueva vertiente a sus postulados vitalistas.[58]
            Por otro lado, resulta enormemente llamativo que la Sociedad Vitalista de Guatemala fundada el 2 de agosto de 1929 haya quedado integrada en su junta directiva predominantemente por mujeres: Teresa Masferrer de Miranda (Presidenta), Rebeca Valdés Corzo (Tesorera), Lina Leiva (Primera Secretaria), Carmen Samayoa (Secretaria de Actas), Fortunato Villalobos (Secretario del Exterior) y Luis Cabrera (Secretario Suplente). Dentro de esta asociación también es relevante decir que Josefina Saravia disertó sobre distintos aspectos del Mínimum Vital, con lo cual quedaría demostrado que las mujeres se volvieron importantes activistas del credo masferreriano.[59]
            Dinarte, en un episodio anecdótico también establece que cuando Masferrer se encontraba enfermo a mediados de noviembre de 1929 fue visitado por las jóvenes Emma Posada, Matilde Olmedo y Mercedes Viaud Rochac, quienes habían leído algunos de sus trabajos y de ahí su interés por conocerlo. Dicha experiencia habría sido narrada por la misma Viaud Rochac en un breve texto titulado Cuando conocí a Masferrer publicado en Patria en septiembre de 1933 y en donde Masferrer les habría dicho:[60]

Tengo una gran esperanza en la mujer. He tratado mucho tiempo con hombres de lucha, pero ellos mismos me han descorazonado. Prepárense, la vida necesita con urgencia de la acción femenina. La mujer es más fervorosa y constante; la obra es de amor. Ha de tender sus brazos como ceiba pródiga, fuerte, sencilla y suave para barrer las lacras sociales, los vicios morales. La ceiba simboliza a la mujer del futuro.[61]

            En esta dirección cabe mencionar también que tanto Masferrer como Prudencia Ayala concluyeron que además de la explotación a la que eran sometidos obreros y campesinos, lo que estaba mermando la vitalidad del pueblo humilde, era el alcohol y es por eso que tal y como se ha visto, Ayala insertó en su programa político la implementación de medidas antialcohólicas. El punto es que el momento histórico por el que estaba atravesando el país llevó a ambos a estas mismas coincidencias que quedaron plasmadas en sus respectivos programas presidenciales. Poco a poco los obreros empezaron a tomar conciencia de su situación y otros sectores como campesinos, indígenas y mujeres también fueron emergiendo.[62]
El pensamiento social de Prudencia Ayala quedaría de manifiesto en la siguiente frase: “Sí, soy amigo del proletariado, porque amo al obrero, pero, no crean ustedes que tengo ideas comunistas. Me gustaría que al obrero se le tratase mejor y se le subiesen los sueldos, pero no que se destruya el capital”.[63]   
Bajo esta óptica, Prudencia Ayala se acercaba mucho a la visión del Mínimum Vital de Alberto Masferrer en el sentido de querer implementar reformas sociales moderadas como el mejoramiento del salario mínimo a las clases trabajadoras. Ahora bien, algunos agregan una tercera circunstancia para que Ayala haya sido discriminada; se trata de el hecho de haber sido madre soltera,[64] situación que aún ahora no deja de ser estigmatizante. También es necesario decir que cuando Masferrer tuvo conocimiento de la postulación de Ayala, su reacción, según Carlos Cañas Dinarte fue la siguiente:

Masferrer decidió prestar apoyo a la gesta de Prudencia Ayala, pero poco pudo hacer a favor de esa retadora iniciativa política, ya que desde fines de agosto de 1930 había renunciado a la dirección del diario Patria, cuya gestión tanto económica como editorial quedo en manos de su fundador José Bernal.[65] 
    
          Cuando Prudencia Ayala hizo públicas sus intenciones de competir en la contienda presidencial y una gran cantidad de periódicos comenzaron a atacarla, como ya se ha analizado, Alberto Masferrer salió en su defensa, específicamente, cuando el rotativo La Época publicó una nota sarcástica donde se le ridiculizaba[66] expresó lo siguiente:

Prudencia Ayala defiende una causa justa y noble, cual es el derecho de la mujer a ser electora y ocupar altos puestos. Su programa de gobierno no es inferior en claridad, sentido práctico y sencillez al de otros candidatos que se toman en serio (…) Prudencia plantea un serio problema jurídico a nuestros legisladores y no les queda más que dos caminos, reformar la Constitución en sentido de conceder esos derechos o dormir una larga siesta…[67]   


Además, el periódico Patria, publicó una de las pocas noticias serias y respetuosas sobre dicha candidatura donde informaba que el ayalismo había quedado organizado en El Salvador; informó que en San Vicente había surgido un comité denominado “Fidelidad y Patriotismo”, el cual había surgido con el objetivo de llevar a Ayala a la presidencia, a quien calificaron de “excepcional, incorregible, indispensable e inatacable”. El Presidente de dicho comité era el ciudadano David Chávez, Rafael Ferrer era el Consejero, J. Víctor Nuila fungía como protesorero, Francisco Balcáceres era secretario proveedor; y voceros: José Marinero y Carlos Alberto Liévano. Dicha organización también contaba con una cantidad considerable de vocales y afiliados. Sin temor a equivocarnos el periódico que trató con más respeto y estima sincera a Ayala fue el diario Patria.[68] 
            Por otra parte, dicho periódico también anunció que la causa ayalista había nombrado propagandistas en todo el territorio de la República; en Santa Ana, Ángel Góchez, en Ahuachapán E. Galeano, en Sonsonate Raúl Ramos, en Santa Tecla el Capitán Crespo, en San Salvador Rafael González, en Cojutepeque Francisco López, en San Vicente B. Cuellar, en Zacatecoluca Diego Troya, en Usulután César Ávila, en Sensuntepeque Arturo Candray, en San Miguel Fidel Melara, en la Unión Gregorio Soler, en Morazán David Turcios, en Berlín Gregorio Campos, en Santiago de María Carlos Amory y así sucesivamente en otros muchos municipios del país. Hay que aclarar que dentro de los seguidores de Ayala había profesionales, militares e incluso un sacerdote católico. Hasta el 8 de junio de 1930 dicho comité contaba con 729 firmas de hombres que apoyaban la causa de Prudencia Ayala, pero en realidad, sus seguidores eran más; el problema era que para efectos legales, las firmas de las mujeres no contaban por no ser ciudadanas.[69]

Roberto Miranda, “Comité Departamental Pro-Prudencia Ayala”, San Vicente, 8 de junio de 1930. Documento original. Propaganda de los seguidores de Prudencia Ayala. SV/MUPI/11/05/03, F3 BP.2. (Foto tomada el 10/08/ 2018).


La lucha por el voto femenino y la ciudadanía de la mujer en El Salvador
Una vez conocido el apoyo que tanto Patria como Masferrer le brindaron a Prudencia Ayala, habría que observar todo el revuelo legal que causó su candidatura. El Alcalde de San Salvador, Dr. Vidal Severo López, se negó a inscribirla como “ciudadana” y pasó el caso al Ministerio de Gobernación para que este lo estudiara como parte del Órgano Ejecutivo. Cuando el Ministro de Gobernación dio su dictamen, fue de la opinión que no procedía la solicitud, –ya que a su criterio– la Constitución del 3 de agosto de 1886 negaba el ejercicio de los derechos civiles a la mujer porque habría que mencionar también que la mujer estaba sujeta a un régimen jurídico especial conocido como “potestad marital”, el cual establecía que la mujer se encontraba bajo la “tutela” o la “protección” del marido, es decir, de entrada el Ministro de Gobernación consideró que las leyes secundarias desarrollaban el espíritu de la Constitución al considerar a la mujer como “no apta” para ejercer derechos de ciudadano.[70]
Luego de la denegatoria por parte de las autoridades antes mencionadas, Prudencia Ayala interpuso ante la Corte Suprema de Justicia un recurso de amparo, el cual fue declarado a su vez “improcedente” por considerarse que ningún derecho individual de los que consagraba el Art. 37 de la Constitución se le estaba violando; la Corte dictaminó que lo que Ayala reclamaba, en realidad era un derecho político y no uno individual.[71] Al mismo tiempo, el máximo Tribunal de Justicia se declaró “incompetente” para conocer del caso por ser a su –a su juicio– una atribución propia de la Asamblea Legislativa la de interpretar de manera autentica (vinculante) la Constitución.
Ahora bien, dicha resolución fue dada el 18 de noviembre de 1930.[72] Pero antes de entrar en honduras, habría que preguntarse, ¿Por qué fue tan importante la libertad democrática que concedió Pio Romero Bosque? Porque tal y como lo manifestó la misma Prudencia Ayala en una carta abierta a los salvadoreños, dicha libertad fue la que la inspiró a incorporarse en la contienda: “Salvadoreños: La política del presidente doctor don Pío Romero Bosque, es un amplio campo electoral donde surgen mis ideales democráticos en una lucha sin tregua…”[73]  
  
“El Presidente Romero Bosque y el sufragio”, Patria, 1º de marzo de 1930. El periódico Patria publicó una declaración manuscrita del Presidente Romero Bosque donde este explicaba que el sufragio libre era la más grande conquista de la democracia. (Foto tomada el 21/10/2011).  

Ante la oportunidad que Prudencia Ayala vio en la apertura política que daba el llamado “padre de la democracia en El Salvador”, no escatimó esfuerzos para poder concertar una reunión con él, incluso, una publicación con tono sarcástico inventó un posible dialogo que se daría entre ellos, debido también a que Ayala tenía toda la intención de plantearle la posibilidad de fundar un Partido Feminista y conseguir su apoyo.[74] Dentro del texto al cual se ha hecho referencia es notorio el afán de ridiculizar a Ayala, tal y como se ha analizado en los casos anteriores:

–Usted perdone Excelencia.
Su servidora, Prudencia.–
aquí la tiene presente

–La que aspira a Presidente?
–La misma……
–Coincidencia!
yo pensaba en la prudencia
que aconseja el gobernar,
y usted me hizo cavilar……

–A parte, le quiero hablar:
ya que es libre la elección,
traigo una proposición.
Si usted acepta……

 –Veamos……?
Muy bien, que nos entendemos……
–Yo le ruego a usted perdón,
pero eso es imposición……

–Imposición? no, señor……
Esa es para don Alberto,
o……para el otro doctor……

–Me deja usted en lo incierto.
–Pues que aquí hay un enredijo
que ni el diablo desenreda,
Libre sufragio, nos dijo,
y esto en enigma se queda……

(enojado)

–Y a Ud. Le importa este asunto?
Si yo me atasco, pregunto:
Quién pagara los vidrios rotos?
Nadie me venga con cotos
porque en estas cosas mías,
no caben sus brujerías……[75]

Por otra parte, en la misma carta donde Prudencia Ayala elogió la valentía de Romero Bosque después de un largo periodo de control de la presidencia por parte de la dinastía Meléndez-Quiñonez, expresó también los motivos por los cuales decidió retirarse de la aspiración a convertirse en presidenta; la carta contiene un tono triste, pero al mismo tiempo combativo, ya que aseguró que su intención en ningún momento fue causar el malestar de los políticos ni del país sino simplemente hacer valer los derechos individuales que le asistían a la mujer, lo cual queda prístino con el siguiente fragmento:

Me alejo almas mías con el corazón satisfecho de haber entrado en combate para obtener el triunfo de mi derecho ciudadano. Me alejo grata de los políticos que han prestado atención a la justicia que reclamo en el campo de la ley. La patria exige práctica de la justicia, el cumplimiento de la ley en su más completo significado cívico social entre hombres y mujeres, para equilibrar los valores morales de la nación civilizada.[76]

            Es destacable observar la bien razonada argumentación de Prudencia Ayala al pedir el cumplimiento del “estado de derecho”, uno de los pilares fundamentales democráticos aunque en esa época no se manejara dicho concepto, el cual implica en la actualidad fundamentalmente dos cosas: 1) El cumplimiento irrestricto de la Constitución y de las demás leyes secundarias y 2) El buen funcionamiento de las instituciones públicas. Aunque en ese momento se haya fallado en contra de Ayala, ella planteó un gran problema propio de la filosofía del derecho, el cual es reflexionar sobre que cuando una situación específica no está regulada o permitida expresamente por la ley no significa que las personas no tengan esos derechos legítimos, en este caso, el voto femenino.
Por otro lado lleva a reflexionar del por qué una ley debe de acatarse cuándo esta es injusta, por ejemplo, la esclavitud por mucho tiempo también fue legal en algunos países, lo cual no significaba que era lo correcto. Además el hijo no legítimo en El Salvador, por un tiempo, no tuvo derecho a heredar ningún bien de su padre biológico; he ahí otra de las propuestas justas de Ayala. Entonces, la lección que nos deja es que las leyes injustas deben irse reformando para convertirse en justas, la cuestión es que como el derecho es una ciencia social que responde a ciertos valores concretos en una sociedad cambiante, por tanto, éste también tiene que irse adaptando a las nuevas sensibilidades. Ahora bien, en esencia, el problema fundamental que planteó Ayala fue el del eterno conflicto entre el derecho positivo y el derecho natural o sea, el derecho que tiene toda persona porque lo faculta la ley versus el derecho que tiene toda persona de manera inherente o por el simple hecho de existir aunque no lo otorgue ninguna ley vigente.[77]    
            Se hace la reflexión anterior porque Prudencia Ayala fue declarada como “no ciudadana”, con lo cual ella –con un acento sarcástico– expresó que, entonces, el mundo estaba poblado solo por hombres. Su altura moral, le permitió decir también que perdonaba a todos aquellos que la habían ridiculizado y les pidió a todos los que escribían sobre ella que se apegaran a la verdad. Realmente, es admirable cómo Ayala, sostuvo sus credos en un ambiente tan intolerante y hostil.[78]
            En otra carta mecanografiada, Prudencia Ayala expresó que no estaba pidiendo el voto para los semovientes sino para las mujeres, que eran personas humanas al igual que los hombres. Ayala sostuvo que si el sector masculino aceptaba esa idea, entonces, se podía hablar de una sociedad civilizada y progresista; es precisamente por esta y otras ideas que se ganó el adjetivo de “escritora peligrosa”, en el sentido de estar subvirtiendo el orden preestablecido.[79]   
            La noticia de que la solicitud de Ayala de ser inscrita en el Registro de Electores había sido rechazada por la Corte Suprema de Justicia fue dada a conocer por el periódico La Época. Luego del rechazo, la argumentación de Ayala fue la Constitución –al reconocer, la calidad de ciudadana de la mujer– no podía excluirse de participar en las elecciones presidenciales. Lo que hizo Ayala fue interponer un recurso de amparo, el cual se promueve precisamente, ante vulneraciones graves de los derechos fundamentales consagrados en las cartas magnas, es decir, es el mecanismo procesal constitucional que todo individuo tiene para garantizar la protección forzada de sus derechos frente a actos emanados de autoridades públicas o privadas que los violen u obstaculicen.[80]
En este sentido, el problema fue que el Ministro de Gobernación apoyó al Alcalde de San Salvador y que la Corte se desvinculó del caso, además de sobra está decir que, a pesar de su poca instrucción formal, Ayala fue muy congruente y valiente, ya que en este tipo de procesos se suele enfrentar el ciudadano a todo el aparataje del Estado en una clara posición de desventaja. Por otra parte, desde un punto de vista jurídico e histórico lo correcto sería decir que Ayala fue obligada a renunciar a la candidatura.  
MUPI, Fondo Prudencia Ayala, Documentos Originales F1. San Salvador 31 de octubre de 1930. (Por el deterioro del documento no es posible determinar el número de clasificación), (Fotografía tomada el 10/08/2018).

El escrito del recurso de Amparo presentado por Prudencia Ayala dice literalmente así:

HONORABLE CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.
Yo, Prudencia Ayala, salvadoreña, mayor de edad, de oficio modista y escritora, vengo ante vos con el debido respeto, a exponer que, he sido lesionada en los derechos de ciudadano al negarme la calificación que la constitución política, concede a los salvadoreños mayores de dieciocho años de edad sin distinción de sexo. Por tanto apelo ante vos para que me amparéis en mi derecho como ciudadana. No es posible que la constitución conceda el derecho de ciudadano a todos los salvadoreños y el estado lo niegue en mengua de la soberanía nacional y en violación a las leyes de la constitución política de la República.
En nombre de las leyes democráticas de la República, os pido me amparéis.
En espera de vuestra contestación, queda esperando de vos Honorable Corte Suprema de Justicia, vuestra obsecuente S.S. Ciudadana.
Prudencia Ayala
San Salvador, 31 de octubre de 1930.  
    
El recurso de Amparo estaba legalmente regulado en el artículo 37 de la Constitución de la República de ese momento; al establecer la Corte que a Ayala lo que se le estaba violando era un derecho político y no uno individual implícitamente, la estaba inhibiendo de participar en la contienda, ya que al no ser ciudadana, quedaba suspendida la relación jurídico-política individuo-Estado, es decir, al no ser la mujer, legalmente un ciudadano, no le surgía tal derecho o le era inexistente.[81] En esa dirección, la única salida legal y legítima era la reforma a la Constitución, en el sentido de otorgar los derechos políticos a la mujer de manera explícita e inequívoca, lo cual se realizaría al menos formalmente en la Constitución martinista de 1939 siendo el derecho al voto femenino efectivo hasta la presidencia de Oscar Osorio.
Cuando Ayala interpuso el recurso de amparo fue prevenida, lo cual quería decir que tenía que aclarar cuál era exactamente el derecho que consideraba se le había vulnerado. Ayala contestó que la disposición violentada era el artículo 4, capítulo 11 de la Constitución referente a la calificación de ciudadano. Según ella, todo ciudadano que lo solicitaré tenía derecho a ser inscrito en el registro respectivo de la Alcaldía, lo cual tenía de trasfondo el ejercicio de los derechos políticos, es decir, lanzarse legalmente a la candidatura a la presidencia.[82] Ayala también se apoyó en el texto del Art. 51 de la Constitución, el cual literalmente rezaba:Art. 51.-Son ciudadanos todos los salvadoreños mayores de diez y ocho años, los casados y los que hayan obtenido algún título literario, aunque no hubiesen llegado a esta edad”.[83]   
En realidad, si se lee el texto literalmente, pareciera que le da la razón a Prudencia Ayala, cuando dice: “todos los mayores de diez y ochos años”, ya que no discrimina entre hombres y mujeres, pero la Corte ni siquiera entró a conocer del fondo del asunto, por haberse declarado –como ya se dijo antes– “incompetente” por tanto, terminó imponiéndose el criterio del Ministro de Gobernación, que ratificó la decisión de Severo López. López. Luego López dijo que cuando la disposición decía “Todos los”, el legislador no había incluido a la mujer por considerarlo algo inoficioso, es decir, se sobreentendía que se trataba del hombre,[84] pero –a nuestro entender– esa sería una interpretación propia de él, ya que tal y como lo establecía Ayala, el artículo no hacía distinción alguna.
Por otro lado, Ayala muy astutamente también respondió que no se encontraba bajo “patria potestad” por ser madre soltera, no vinculada por el matrimonio. También aseveró que tal disposición era injusta, ya que en la vida real muchas mujeres trabajaban no solo en los oficios del hogar sino, incluso, para sostener a sus maridos.[85] Ayala —recalcamos— sin ser letrada, puso en serios aprietos a las autoridades, ya que para contradecir sus alegatos se hizo uso hasta de leyes secundarias como la Ley de Notariado, ante lo cual ella manifestó que tenían que ser suprimidas todas las leyes que estuvieran en oposición al texto del Art. 51, ya citado. En la actualidad, el argumento de Ayala habilitaría para la interposición de un Recurso de Inconstitucionalidad de las leyes, ya que ninguna ley secundaría, según la pirámide de Kelsen y la misma legislación, pueden contradecir la Carta Magna.      
La argumentación de Ayala iba en el sentido de que cuando la mujer contraía nupcias automáticamente quedaba sujeta a dicho régimen aún sin su consentimiento. Con un criterio similar también se encontraba incapacitada para ser procurador según el Art. 99 Procesal, y para ser testigo en el otorgamiento de un instrumento público, según el Art. 9, numeral 30 de la ya referida Ley de Notariado vigente en esa época. Estas circunstancias conexas también ayudaron a apoyar la tesis de que el legislador de 1886 no concedió la calidad de ciudadana a la mujer, según el Ministro de Gobernación, con lo cual se veía limitada tanto en su vida particular como en su vida pública. Con esta argumentación también se refutó el alegato de Ayala sobre que la ley no hacía distinciones de sexo.[86]  
Cuando Ayala ya no aspiraba a convertirse más en candidata a la presidencia debido al bloqueo legal, siguió ejerciendo su activismo social en favor de la mujer; muestra de ello fue que cuando se le entrevistó a su arribo a San Salvador dijo que seguiría luchando por la inclusión de la mujer en la política, además manifestó que no contaba con el apoyo de ninguno de los candidatos que aún seguían en la contienda, pero que los políticos de Guatemala la respaldaban a su juicio en ese país también se estaba abogando por la candidatura femenina. Por otro lado, dijo que quería ver a Centroamérica libre de caudillos y que de ahí en adelante uno de sus mayores objetivos sería fundar ligas o clubes feministas.[87]          
Ricardo Ayala (quien manifestó ser familiar de Prudencia) en una nota aclaratoria publicada en el Diario de Hoy en 1998 manifestó que lo que “sibila” quiso hacer fue luchar con los escasos mecanismos legales que tenía a su disposición para que la mujer salvadoreña fuera considerada “ciudadana” y que se le permitiera ejercer el voto. En ese tiempo la Constitución que se encontraba vigente desde hacía 44 años era la de 1886, como ya se ha explicado, la cual no hacía mención del sufragio femenino. Él destaca que uno de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia de ese entonces, el Dr. Reyes Arrieta Rossi, estuvo en plena coincidencia con los alegatos de Prudencia Ayala, pero que los otros magistrados que componían la Sala no estuvieron de acuerdo fundamentándose en distintos motivos legales.[88]
A nivel internacional quizás uno de los hechos que más favoreció la causa feminista de Ayala fue el gran número de seguidoras mujeres que tenía el Mahatma Gandhi, quien se oponía a la ocupación del imperio británico en la India. Gandhi veía a los ingleses como explotadores debido a los altos impuestos que hacían efectivos a costa del pueblo pobre. Según una nota periodística, las mujeres habían sido un bastión importantísimo en el desarrollo de su conocido movimiento nacionalista pacifista; en otras palabras, las mujeres hindúes fueron parte importante del movimiento de resistencia pasiva, el cual estaba encabezado por la señora Anantikabal. En ese sentido, la influencia del pensamiento hindú durante las décadas de los 20 y 30 en El Salvador aún no ha sido valorada en su justa medida.[89]
  
Conclusión
Prudencia Ayala siempre será recordada como uno de los bastiones de las luchas feministas en El Salvador sin dejar de lado, por supuesto, a otras mujeres que se han mencionado en este ensayo, ya que la concesión del derecho al voto de la mujer fue una lucha conjunta de varias féminas, aunque si bien es cierto Prudencia Ayala siempre ocupara un lugar especial. Miguel Huezo Mixco sobre ella observó lo siguiente:

La suya es una actitud utópica radical a favor del cambio social y los derechos de la mujer. Una “loca” que nos aporta una óptica inédita de la sociedad provinciana desde su triple condición de mujer, marginada, proscrita. Su libro Inmortal, Amores de loca, es como un adelanto fatal de los eventos que marcaran a nuestro país.[90] 
 
En 1973 mucho tiempo después del fallecimiento de Prudencia Ayala, otra mujer María Eugenia Rojas de Moreno, se lanzó como candidata a la presidencia en Colombia. En su momento se le señaló como la primera mujer en realizar tal osadía, pero es ahí donde la figura de Ayala toma una relevancia no solamente nacional sino también latinoamericana, ya que marcó un antecedente en la política de todo el continente.[91]  
Fue hasta en la administración de Oscar Osorio que la Asamblea Legislativa de El Salvador, llevó a la práctica la calidad de ciudadana de la mujer y materializó su derecho al voto. Desde ese momento también pudo ocupar puestos de elección popular, lo cual demostraría que todas las opiniones anteriores a esos años estaban cargadas de una serie de prejuicios muy difíciles de romper, incluso, hoy subsisten en cierta medida aunque se han logrado muchos avances. Por otro lado, la propuesta de que no se hiciera discriminación de los hijos también se realizó por el legislador de tal modo que en el Código de Familia actual no se hace tal distinción, porque desde el punto de vista sociológico era como una especie de discriminación[92] tanto como para la madre como para el menor.[93] Prudencia Ayala murió en San Salvador el 11 de julio de 1936, su legado quizás podría quedar reflejado en las siguientes impresiones:

Al desaparecer la Sra. Ayala los diarios de la época se expresaron en varias formas, por ejemplo: El Salvador pierde a una mujer. Prudencia Ayala ha muerto. Ayer falleció una loca intelectual. Quién recogerá la bandera de doña Prudencia Ayala. La muerte de la Sra. Ayala ha dejado en suspenso a muchos políticos e intelectuales. Para el pueblo salvadoreño doña Prudencia Ayala pasó a la historia como una leyenda de la mujer salvadoreña.[94]
  
Prudencia Ayala nos hace reflexionar sobre problemas que tuvieron una gran relevancia en aquella época pero que los siguen teniendo aún ahora, por ejemplo, el heroísmo de “las madres solteras”, cuyos hijos en muchos casos ni siquiera llegan a conocer a su padres biológicos y que sacan adelante a través del trabajo humilde en los mercados[95], en las ventas informales o en la maquila, rubro caracterizado por ser predominantemente  de “mujeres” y que malviven con salarios francamente precarios. Además, la paternidad irresponsable además provoca que la sociedad no sea saludable, ya que implica un sobreesfuerzo de la mujer en muchos sentidos, pero también evidencia la mentalidad masculina de utilizar a la mujer como un “objeto de placer”.
Ahora bien, por lo anterior es urgente que la mujer se autodefienda a partir del empoderamiento económico y la educación. Por otro lado, aunque se ha avanzado mucho, todavía es necesario que se abran más espacios para que las mujeres puedan optar a altos cargos en empresas, en el Estado, en la política, en la academia y en muchos otros ámbitos. Cuando Prudencia Ayala se lanzó a la presidencia, se veía como algo imposible que la mujer pudiera llegar a convertirse, por ejemplo, en diputada; en esa época se concebía como algo descabellado por tratarse de una sociedad altamente patriarcal. Es necesario entender que los prejuicios son construcciones sociales que se encuentran muy arraigadas por haberse creído acríticamente durante mucho tiempo. En el siguiente párrafo puede verse claramente cómo se ridiculizaba la participación de la mujer en política y como se veía como un simple instrumento de satisfacción sexual masculina:

Ahora en la Asamblea había que oír las discusiones. Las mujeres que hablan hasta por los codos y teniendo oportunidad de discutir, sería encantador contemplar aquel cuadro femenino…..Qué bueno, dirán muchos, eso es asamblea, eso se llaman sesiones……Qué diferencia cuando eran hombres los diputados, que se les tenía que sacar las palabras con cuchara. Las sesiones no hay duda durarían una eternidad……comenzarían tratando los asuntos de gran interés, para terminar hablando de la moda porque al fin son mujeres (…) “Las mujeres por siempre han de ser el secreto de nuestro placer y el secreto del hombre es tener buena o mala mujer……”[96]                           
            También hay que decir que las agresiones verbales de tipo sexual que se publicaron en algunos diarios en contra de Prudencia Ayala, eran francamente inauditos y ultrajantes a la dignidad de la mujer. Lo increíble de esto es que los dueños de los periódicos y sus directores permitían que salieran a la luz. Otro ejemplo además de los ya señalados es el de que había un periódico de tono sardónico titulado Legitimo Carburo, a cargo de Armando Grezca el cual publicó el siguiente comentario haciendo mofa de la candidatura de Prudencia Ayala, como si ella estuviera hablando en primera persona:[97]

Si llego a la Presidencia hare que a las mujeres se les habrá el camino; (refiriéndose al órgano genital femenino)[98] aunque muchas lo tienen ya, haré que se les habrá más todavía. Mi lema será ¡arriba las naguas! ¡y abajo los pantalones……..! La Prudencia.[99]      

Aun mucho tiempo después de que Ayala había fallecido (1936), en el año de 1972 se le reconocía como la inspiradora de que muchas mujeres en ese momento fuesen ministras, subsecretarias de Estado, juezas, procuradoras generales, gerentes de empresas, entre otras. Ahora bien, en ese mismo año le seguían adjudicando adjetivos despectivos como “aficionada a las zarandajas del espiritismo”, y “espiritista, poetiza o chiflada”.[100] Desde el punto de vista físico a Prudencia Ayala siempre se le representó como una mujer “fea”, de piel oscura, boca grande y dientes excesivamente pronunciados, tal y como puede verse en la imagen.

“Caricatura de Prudencia Ayala”, Diario del Salvador,  Documentos originales, recortes: sin fecha, SV/MUPI/A/05 F 5 44. Representación burlesca de Ayala.

Uno de los mejores artículos que escribió Prudencia Ayala a favor de los derechos de la mujer llevó por título “En pro de los derechos individuales de la mujer” donde podrían sintetizarse sus posturas. Ayala sostuvo que tanto el hombre como la mujer constituían el hogar y la sociedad, además aseguró que la mujer se encontraba anulada por el Estado desde el punto de vista de los derechos individuales, al mismo tiempo aseveró que ese mote de “irracional” que se le asignaba a la mujer desaparecería cundo los países evolucionaran moral y culturalmente.[101] Por otro lado, lanzó una fuerte pero justificada crítica contra todo el sistema legal imperante en esa época:

Las leyes se equilibraran en la identificación del derecho de ambos sexos, ya que los dos forman el conjunto humano. Las leyes del egoísmo que tiranizan a la mujer serán desconocidas por la cordura de hombres de conciencia que marcan el plano de la transformación social, ya que la mujer no mendiga sus derechos, sino que los reclama con entereza de todo valor moral intelectual.[102] 
 
Prudencia Ayala manifestó que con este pensamiento, de ningún modo, se estaba tratando de “pervertir” o “tergiversar” la educación, sino simplemente darle la dignidad que le correspondía a la mujer desde el punto de vista individual. Para ella, tanto a los hombres como a las mujeres les asistían los mismos derechos y obligaciones. En ese sentido se volvía indispensable el mejoramiento moral, intelectual, político y laboral para ambos sexos. Con el siguiente pronunciamiento Ayala manifestó que estos derechos correspondían no solamente a las mujeres salvadoreñas sino a todas las mujeres del mundo:[103]

Debe establecerse leyes amplias que garanticen el desarrollo de las facultades de la energía humana en las capacidades de la mujer igual a las del hombre, cuyas leyes deben impulsar todo bienestar social en el mejoramiento de todas las colectividades. Linaje humano: con este escrito me presento ante las legislaturas de todos los países, a fin de ventilar esas leyes deficientes en que la mujer está sin garantías en sus derechos, por lo cual pido su reconocimiento en honor a la buena inteligencia humana contra toda esclavitud.[104]    

En cuanto a todos los ataques que recibió de la prensa, la misma Ayala sabía de la mala calidad de muchos de los periódicos de la época, los cuales brillaban por su falta de ética. Esto se puso de manifiesto en una entrevista cuando declaró que en El Salvador no circulaban semanarios sino que “pasquines”; por la poca seriedad con la que trataban una diversidad de temas. Sostuvo, además, que era necesario crear periódicos doctrinarios y sustanciales, para crear un verdadero periodismo. Por otro lado, expresó que su periódico Redención Femenina, fue de mejor calidad y estuvo muy por encima de los que la satirizaron.[105]
Ayala, tenía mucha razón, en el sentido de que cuando lanzó su candidatura, muchos periódicos lo volvieron un circo, incluso algunos de Guatemala se ufanaron de despreciarla. Específicamente, los redactores de un periódico chapín aparentemente denominado El Dictamen, la trataron como una “improvisada” que no tenía idea de lo que era la política ni mucho menos la economía. De forma muy desdeñosa expresó que en una entrevista realizada a Ayala esta supuestamente manifestó que de llegar a la presidencia colocaría en los ministerios de educación y hacienda, solo a mujeres, por ser más capaces y honradas que los hombres,[106] lo cual evidentemente era falso.  
Las frases de los diarios siempre llevaban un doble sentido y había que aprender a leer entre líneas. Realmente, la forma altanera con que la atacaron fue vil y grotesca, en el sentido de que los comentarios siempre estaban cargados de un machismo veleidoso. Aquí una parodia de lo que hubiese mandado a hacer en el caso de haberse convertido en Presidenta: 

En el ministerio de la guerra no colocaría a una mujer, sino a un hombre, pero mis soldaditos estarían bien cuidados, limpios, calzados y haría que les dieran buena alimentación. En caso de guerra no iría al frente de mis tropas porque lo prohíbe la constitución, pero como particular si estoy dispuesta, aunque no soy militar… (…) si llegará a triunfar no castigaría a quienes me combaten ni a quienes han tomado a la broma mi candidatura: los perdonaría, porque yo tengo un corazón magnánimo.[107]

Ayala manifestó que la mujer tenía que ir a votar como una ciudadana y no como una “cosa”. Además, sostuvo que todo aquel que se opusiera al voto de la mujer era un traidor a la patria; ella consideraba que todas las Constituciones del continente tenían que ser modificadas para enmendar las injusticias que prevalecían hasta ese momento. Ayala creía que todos los países debían de seguir los ejemplos de Uruguay y Costa Rica que se mostraban a favor de otorgarle sus derechos a la mujer. Ayala defendió que tanto en El Salvador como en Guatemala, había mujeres abogados capaces y, que por tanto, tenía que dejar de subestimárseles.[108]
Con estas reflexiones no se quiere decir que Prudencia Ayala buscara proteger de manera maternal a las mujeres, sino más bien se quiere resaltar su figura como una mujer de mentalidad de avanzada que defendía sus convicciones y lo que consideraba como correcto para su época. En ese sentido, corresponde a la mujer actual seguir sus propios derroteros porque ciertas condiciones han cambiado y los retos también han cambiado, es más, ni siquiera podría haber un conocimiento previo sobre Prudencia Ayala y aun así la sociedad debería de defender todos aquellos derechos femeninos que se consideren legítimos.
Por otro lado, desde el punto de vista filosófico se debe evitar todo tipo de feminismo que caiga en posturas irracionales, por ejemplo, los que fomentan conductas de odio hacia los hombres, pero además se debe de guardar cierta ecuanimidad y no obviar las diferencias fisiológicas naturales entre hombres y mujeres, en el sentido de que si un patrón se da cuenta que una mujer está en estado de gravidez sea despedida de manera injusta por ese motivo, cuestión que nunca podría suceder con un hombre. Parece alentador que hoy en día existe una serie de instituciones y leyes especializadas que velan por el bienestar de la mujer y que desde el punto de vista pedagógico, se trate de sensibilizar a las nuevas generaciones a través de la introducción del tema de la prevención de la violencia contra la mujer en los planes de estudio de las distintas carreras universitarias. La vida de una sola persona como Prudencia Ayala es un evento histórico que sin duda hay que tomar en cuenta, pero la transformación para una cultura de respeto hacia la mujer tiene que venir de toda la sociedad en su conjunto.    





[1] Esto es muy importante ya que quiere decir que Prudencia Ayala abogó por muchas prerrogativas en su época sin tener una educación formal básica y mucho menos universitaria. Existen algunos biógrafos que han destacado su carácter autodidacta.
[2] Museo de la Palabra y la Imagen, “Prudencia Ayala”, SV/MPI/A05/5.6 F13.161. 
[3] Ídem
[4] Diccionario Farflex, Disponible en: https://es.thefreedictionary.com/sibila (consultado el 1/1/2019).
[5] Secretaria de Cultura de la Presidencia, 2010, “¡Es mayo: cayó Martínez! Entrevista con Matilde Elena López”, Revista Cultura, No. 104, nov/dic,  p. 33.
[6] “Rompiendo nuestro mutismo político”, entrevistamos a Prudencia Ayala”, La Época, 7 de julio de 1930, MUPI, documentos originales: recortes, sin clasificación.
[7] Ver Casaús Arzú, M. E. 2005, Las Redes Intelectuales centroamericanas: un siglo de imaginarios nacionales, Guatemala, F&G Editores. 
[8] Déves Valdez, E. 2007, Las redes intelectuales en América Latina, Chile, Universidad Santiago de Chile, p.  30. Déves-Valdez establece que la forma como se configuran las redes intelectuales pueden ser variadas
[9]  Ayala, P., “Carta abierta al General Somoza”, Santa Ana, 5 de julio de 1934, SV/MUPI/A/0.5/5.3, F3/30.2.
[10] Ídem.
[11] Prudencia Ayala, “poema”, MUPI, sin fecha y sin clasificación.
[12] “Biografía de doña Prudencia Ayala”, MUPI, sin fecha y sin clasificación.
[13] “Platicas populares de doña Prudencia Ayala”, Diario del Salvador, 26 de agosto de 1930, No. 10,351, p. 1, año XLIII. Documentos originales, recortes. SV/MUPI/A/05/5.5.8. 
[14] “Rompiendo nuestro mutismo político”, entrevistamos a Prudencia Ayala”, La Época, 7 de julio de 1930, MUPI, documentos originales: recortes, sin clasificación.
[15] Fray Angélico, “Una entrevista con la sibila santaneca”, 11 de octubre de 1931, Hijo del diablo, No. 1, p. 1, año V. 
[16] Ayala, P. Editorial, Redención Femenina, Guatemala, junio de 1930, No. 1, p. 1, año I. Sv/Mupi/a/o5/5.5.5/F9 95.1.
[17] Cañas Dinarte, C.  2014, Vida y obra del maestro Alberto Masferrer, San Salvador, Masferrer Editores, pp. 261-262.
[18] Henríquez Consalvi, C., 2009, “Prudencia Ayala, hija de la Centella”, Trasmallo, No. 4, p. 42.
[19]Círculo Femenino Tecleño, “Invitación”, sin fecha, MUPI: F3 04 y 7.  
[20] Ídem.
[21] “Prudencia Ayala: luchadora de los derechos femeninos”, sin fecha, SV/MUPI/A/05/56, F13 F1, p. 2. 
[22] Ayala, P. “Carta Abierta”, Diario de Occidente, Santa Ana, 5 de junio de 1935, No. 7282, p.1, año XXV.   
[23] Ídem.
[24] “Concedió perdón el Presidente a diez y siete reos”, Diario Nuevo, 11 de enero de 1936, año III, p. 1. MUPI, Documentos Originales: recortes.
[25] Ídem.
[26] Ayala, P. “Profecía”, Santa Ana, 5 de mayo de 1934, SV/MUPI/RP 05 03 F3. Documentos Originales: recortes.   
[27] Ídem.     
[28] “El elemento mágico”, sin fecha, SV/MUPI/A/03/5-6, F13163, p.1.
[29] “El elemento mágico”, sin fecha, SV/MUPI/A/03/5-6, F13163, p. 2.
[30] Ayala P. ¿Quiere ud. Saber su porvenir? y “Dios eterno, vida inmortal”, SV/MUPI/A/05/5.1/F1.03 sin fecha. 
[31] El conde gris, “Al margen del día”, El Progreso, No, 10,364, p.1, año XLIII. Documentos originales: recortes. SV/MUPI/A/05/5.5.8 F12.136.
[32] Angélico F., “Una entrevista con la sibila santaneca”, 11 de octubre de 1931, Hijo del diablo, No. 1, p. 1, año V. 
[33] Otras mujeres como Amparo Casamalhuapa, también se incorporaron a la lucha antialcohólica iniciada por la Unión Vitalista de Alberto Masferrer. En el periódico Patria en un artículo titulado “Por la Regeneración Nacional” del martes 4 de marzo de 1930, p. 1, No. 557, año II se puede encontrar la siguiente noticia: “Siguiendo las orientaciones que se ha trazado la Unión Vitalista Salvadoreña al dar comienzo a esta labor, la señorita Amparo Casamalhuapa pronunción en la mañana del domingo una conferencia en la Sociedad Confederada de Obreros, sobre “”La Participación de la Mujer en la lucha antialcohólica”””.  
[34] Escalante Rubio E., “El programa de gobierno de Prudencia Ayala”, SV/MUPI/A/05/56 F13. 173., p. 3, 4. Tomado del diario Patria, San Salvador, viernes 25 de julio de 1930, No. 674. 
[35] “El elemento mágico”, sin fecha, SV/MUPI/A/03/5-6, F13163, p. 5.
[36] “Citas de la prensa”, SV/MUPI/A/05/36 F13172, p. 1.
[37] “Ayala, P.”, La Época, 19 de junio de 1930.
[38] “Citas de la prensa”, SV/MUPI/A/05/36 F13172, p. 1.
[39] “Citas de la prensa”, SV/MUPI/A/05/36 F13172, p. 2.
[40] “Citas de la prensa”, SV/MUPI/A/05/36 F13172, p. 3.
[41] “Los estudiantes universitarios ovacionaron hoy a la Prudencia Ayala”, El Espectador, 15 de julio de 1930, No. 215, p.1, MUPI F8.06.
[42] “Prudencia Ayala: luchadora de los derechos femeninos”, SV/MUPI/A/05/56, F13 F1, p. 2. 
[43] Yeyo, “Salutación a la Prudencia Ayala”, El Espectador, 5 de julio de 1930, No. 207, p. 1. MUPI F704.
[44] “Nos declaró la candidata y sibila Ayala”, MUPI sin fecha ni clasificación. La frase también aparece en el artículo “Sección Trágico-Chucana” del periódico Verbo Estudiantil del 6 de septiembre de 1930, No. 2, p. 1, año I. MUPI F8.24 
[45] Ibarra Casals, D. 2013, “Misoginia Masculina: expresión y etiología de la misoginia en la intersubjetividad heterosexual”, Conexoes PSI, Vol. 1, No. 1, http://apl.unisuam.edu.br/revistas/index.php/conexoespsi/article/viewFile/246/210 (Consultado el 1º de enero de 2019), pp. 77-78.    
[46] “Calumnia, difamación e injuria”, Disponible en: https://www.diferenciador.com/calumnia-difamacion-e-injuria/ (Consultado el 1º de enero de 2019).
[47] Ídem.
[48] “Candidato a Presidente de la hermana República de El Salvador: entre broma y broma”, Documentos originales, recortes, SV/MUPI/A/05/5.5.8 F12 183.
[49] Ídem.
[50] Asamblea Legislativa de la República de El Salvador, Código Penal, 2018.  
[51] Ídem.
[52] Organización de las Naciones Unidas, 1948, Declaración Universal de los Derechos Humanos, Resolución 217 A (III).  
[53] Ídem.
[54] “Pintorescos de Salvadoreña”, El Cronista, 9 de julio de 1930, No. 4793, p. 1. MUPI, Documentos originales: recortes, sin clasificación.  
[55] Cañas Dinarte, C.  2014, Vida y obra del maestro Alberto Masferrer, San Salvador, Masferrer Editores, p. 203.
[56] Mejía Burgos, O. 2015, Aliados con Martínez, el papel de los intelectuales tras la matanza de 1932, San Salvador, UCA Editores, 1ª Ed., p. 29
[57] Cañas Dinarte, C.  2014, Vida y obra del maestro Alberto Masferrer, San Salvador, Masferrer Editores, p. 203, 236.
[58] Cañas Dinarte, C.  2014, Vida y obra del maestro Alberto Masferrer, San Salvador, Masferrer Editores, p. 239.
[59] Ibídem, pp. 240, 241.
[60] Ibídem, pp. 254, 255.
[61] Ídem, 255.
[62] Cañas Dinarte, C.  2014, Vida y obra del maestro Alberto Masferrer, San Salvador, Masferrer Editores, pp 260, 261.
[63] “Rompiendo nuestro mutismo político”, entrevistamos a Prudencia Ayala”, La Época, 7 de julio de 1930, Mupi, documentos originales: recortes, sin clasificación.
[64] Henríquez Consalvi, C., 2009, “Prudencia Ayala, hija de la Centella”, Trasmallo, No. 4,p. 43
[65] Cañas Dinarte, C.  2014, Vida y obra del maestro Alberto Masferrer, San Salvador, Masferrer Editores, p. 262.
[66] Henriquez Consalvi, 2009, C. Prudencia Ayala, Presidenta, San Salvador, MUPI, p. 10
[67] Ibídem, p. 11.
[68] “Se organiza el ayalismo”, Patria, sábado 14 de junio de 1920, Documentos originales, recortes de periódicos, F2. 11.
[69] Ídem.
[70] Vidal Severo López, “Al Ministro de Gobernación”, oficio No. 6749, San Salvador, 29 de octubre de 1930, Documentos Originales, MUPI p. 1.
[71] “La Resolución de la Corte en el Recurso de Amparo por doña Prudencia Ayala”, 18 de noviembre de 1930, HyG Aya, F4, SV/MUPI/A/05/53/010 F3.28, p. 1
[72] Ídem.
[73] Ayala, P., “Carta abierta a los salvadoreños”, La Época, 25 de noviembre de 1930, SV/MUPI/RP/05/552 F6.69.  
[74] “La Señora Prudencia Ayala va a asistir a la convención de candidatos”, Diario del Pueblo, 3 de julio de 1930, No 70, p. 1, XXIV.
[75] “Dialogo entre Prudencia y Don Pio”, No. 10, año I. MUPI. Sin fecha y sin clasificación.
[76] Prudencia Ayala, “Carta abierta a los salvadoreños”, SV/MUPI/A/05/5.1/F1.04, Documentos originales, F1: recortes, 25 de noviembre de 1930.   
[77] Samour Canan, H.J. 2001, Filosofía del Derecho, San Salvador, El Salvador, UCA Editores, 2º Ed., pp. 63, 87.
[78] Ayala, P. “Carta abierta a los salvadoreños”, SV/MUPI/A/05/5.1/F1.04 Documentos originales, F1: recortes, 25 de noviembre de 1930.   
[79] Prudencia Ayala, “Carta al Señor Ministro de Relaciones exteriores”, San Salvador, 1º de mayo de 1932, SV/MUPI/L1/05/55/F1.24, p. 2. 
[80] Documentos originales, recortes, SV/MUPI/A/05/04/F1.01.
[81] “La Resolución de la Corte en el Recurso de Amparo por doña Prudencia Ayala”, 18 de noviembre de 1930, HyG Aya, F4, SV/MUPI/A/05/53/010 F3.28, p. 1. 
[82] Prudencia Ayala, “Contestación a la Honorable Corte Suprema de Justicia”, San Salvador, 18 de octubre de 1930. MUPI, sin Clasificación
[83] Asamblea Legislativa, Constitución Política, 1886.
[84] “Doña Prudencia frente a Don Severo”, Diario del Salvador, San Salvador, 22 de octubre de 1930. 
[85] Vidal Severo López, “Al Ministro de Gobernación”, oficio No. 6749, San Salvador, 29 de octubre de 1930, Documentos Originales, MUPI,  p. 2.
[86] Ibídem, p. 1.
[87] Ayala, P., “De la República”, Documentos originales: recorte, SV/MUPI/A/5.58 F12.129.
[88] Ayala K. R., “La verdad sobre la señora Prudencia Ayala”, El Diario de Hoy, 3 de marzo de 1998, p. 15.
[89] “El verbo encendido de Mahatma Gandhi halla eco en las almas femeninas, Ventana Mundial, Documentos originales, recortes de periódicos, MUPI sin fecha y sin clasificación. 
[90]Huezo Mixco, M., Fondo Prudencia Ayala: documento sin fecha y sin clasificación.
[91] Prudencia Ayala: luchadora de los derechos femeninos, sin fecha, SV/MUPI/A/05/56, F13 F1, p. 2. 
[92] Hernández Quintanilla, R., “Prudencia Ayala y la paternidad responsable”, SV/MUPI/A/05/56, F13 F173, p. 6, Prudencia Ayala pidió la reforma de las leyes respectivas en el sentido de que el Estado tenía la obligación de inscribir en sus distintos registros, los nombres y apellidos de padre y madre sin hacer distinción si habían nacido dentro o fuera del matrimonio; consideraba que era un deber de todo hombre presentarse personalmente a la Alcaldía e inscribir a su hijo sin ninguna reserva. Otro punto interesante del programa de Prudencia Ayala es que sostenía que el Estado debía fomentar la integración de la familia a través de la celebración de matrimonios gratuitos para las personas de bajos recursos económicos. En esa época el estigma social de nacer bajo relaciones extramatrimoniales era muy grande por lo que la moción de Ayala despertó mucho malestar, y se tildó de descabellada. 
[93] Mujeres de mi patria, sin fecha, SV/MUPI/A/05/56, F13.173, p. 2. 
[94] Ídem.
[95] Hernández Quintanilla, R., “Prudencia Ayala y la paternidad responsable”, sin fecha, SV/MUPI/A/05/56, F13 F173, p. 7.
[96] “La candidatura de Prudencia”, 3 de mayo de 1930, Documentos originales: recortes. SV/MUPI/6/51/79701. 
[97] Armando Grezca, Dísticos políticos, sin fecha ni clasificación, MUPI. 
[98] Esta aclaración es mía, no se encuentra en el original.
[99] Armando Grezca, Dísticos políticos, sin fecha ni clasificación, MUPI.
[100] “El Dr. Mazzini se olvida de la Prudencia Ayala”, El Diario de Hoy, 12 de febrero de 1972, p. 37.
[101] Ayala, P., “En pro de los derechos de la mujer”, MUPI, recorte sin fecha y sin clasificación.
[102] Ídem.
[103] Ídem.
[104] Ídem.
[105] “Predicciones que nos hizo ayer la Pitonisa doña Prudencia Ayala”, documentos originales: recortes, MUPI, sin fecha ni clasificación. 
[106] “El programa de gobierno de Prudencia Ayala”, El Dictamen, Guatemala, 1º de mayo de 1930, No. 1, p. 1, año I.
[107] Ídem.
[108] “Entrevista morrocotuda”, 29 de octubre de 1930, p. 3. Documentos originales: recortes, SV/MUPI/A/05/5.5.8 F12 149.

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